Legal

La ley de vivienda permite que los caseros trasladen al inquilino impuestos y gastos

  • Los costes tendrán que ser pactados entre las partes...
  • ...y quedarán registrados en el contrato
Vivienda en alquiler.

La Ley por el Derecho a la Vivienda trae novedades tras las enmiendas pactadas por los grupos parlamentarios. Los propietarios, independientemente de que sean grandes tenedores o particulares, podrán trasladar al inquilino determinados gastos de la vivienda, como los impuestos del IBI o de la basura, así como otros costes para el mantenimiento del inmueble. No obstante, la modificación del artículo 20 de la futura norma, matiza que para que el inquilino asuma estos costes debe haber habido un acuerdo inicial entre las partes. "Para su validez, este pacto deberá constar por escrito y determinar el importe anual de dichos gastos a la fecha del contrato", indica el texto. De este modo, en las actualizaciones anuales de los contratos no se podrán añadir nuevos costes para el inquilino que no hayan quedado fijados en el contrato preliminar.

Concretamente, entre los gastos que el casero puede trasladar al arrendatario están "los generales para el adecuado sostenimiento del inmueble" y "sus servicios", "los tributos, cargas y responsabilidades que no sean susceptibles de individualización y que correspondan a la vivienda arrendada o a sus accesorios". En los edificios en régimen de propiedad horizontal, estos gastos serán los que correspondan a la finca arrendada en función de su cuota de participación, mientras que en aquellos que estén fuera del régimen de propiedad horizontal, serán los que se hayan asignado al inmueble en función de su superficie. Por otro lado, la norma aclara que el propietario de la vivienda sí tendrá la obligación de hacerse cargo de los gastos de gestión inmobiliarios y los de formalización del contrato.

Zonas rurales

Entre las 64 enmiendas incorporadas al texto, que saldrá adelante previsiblemente este jueves tras su votación en el Congreso, también se ha puesto especial atención en la inversión necesaria para mejorar las políticas públicas de vivienda. Así, el nuevo texto matiza que habrá una inversión "en cada ejercicio presupuestario" para llevar a cabo ese objetivo y se amplía el foco de actuación más allá de las familias vulnerables, también a hogares con menores a cargo, a los jóvenes y a las zonas rurales. La ley trata de fomentar la vivienda en zonas despobladas para lo que se añade por enmienda que en las zonas rurales sujetas a fenómenos de pérdida de población, "la vivienda asequible incentivada podrá acompañar el desarrollo de estrategias de dinamización social y económica, así como la creación de empleo y actividad en tales zonas".

Ayuda de las CCAA

Por otro lado, la ley recoge que el correspondiente Ministerio de Vivienda recibirá ayuda de las CCAA para elaborar el índice que tendrán que aplicar los grandes tenedores para los nuevos contratos en las zonas tensionadas, puesto que son las autonomías las que tienen los registros de los contratos de alquiler.

Las enmiendas también dificultan la recuperación de la vivienda en caso de que haya sido okupada tanto para particulares como para grandes tenedores. Los desahucios y lanzamientos paralizadas durante la pandemia para ayudar a familias vulnerables, solo podrán reanudarse si el propietario (sea gran tenedor o particular) justifica ante la Administración que se ha dado un proceso de conciliación o intermediación sin éxito. Asimismo, se introduce un nuevo artículo que señala que no se admitirán demandas de desahucio si el propietario es un gran tenedor y el okupa justifica su situación de vulnerabilidad.

El nuevo texto también entra a regular la figura del administrador de fincas, que había quedado fuera de la ley. Así, determina que serán todas aquellas personas físicas que se dedican de forma retribuida a prestar servicios de administración y asesoramiento a los titulares de inmuebles y comunidades de propietarios. Para ejercer su actividad deberán tener la capacitación profesional requerida y, para garantizar los derechos de los consumidores, deberán suscribir un seguro de responsabilidad civil, pudiendo hacerlo directa o colectivamente. Este seguro también se exige a los agentes inmobiliarios.

Finalmente, entra la información mínima que se tendrá que recoger en los contratos de compra y alquiler de vivienda, se añade que debe entregarse un certificado o cédula de habitabilidad. En caso de edificios protegidos, también se deberá informar sobre las limitaciones para reformas o rehabilitaciones. Si el contrato es para el alquiler de un inmueble que está en zona tensionada, se tendrá que informar de la cuantía de la última renta del contrato vigente en los últimos cinco años y del índice de referencia para actualizar su precio anual.

Recargo en el IBI

La Ley por el Derecho a la Vivienda mantiene recargos en el IBI a los propietarios que tengan viviendas vacías. El recargo será del 50% si la casa lleva más de dos años desocupada; del 100% si lleva más de tres años; y del 150% si el propietario tiene más de dos viviendas desocupadas durante más de dos años. Quedan exentos del recargo del IBI los dueños que tengan el inmueble vacío por traslado temporal laboral, porque sea segunda residencia, porque se estén haciendo obras o rehabilitaciones o porque el inmueble esté siendo objeto de un litigio.

comentariosicon-menu34WhatsAppWhatsAppTwitterTwitterLinkedinlinkedinBeloudBeloud
FacebookTwitterlinkedin
arrow-comments

Comentarios 34

En esta noticia no se pueden realizar más comentarios

Yo mismo
A Favor
En Contra

Yo tengo un piso de 3 habitaciones y ya lo tengo bien claro lo que voy a hacer:

Llegado el punto de finalizacion de contrato, voy a hacer uno nuevo de habitaciones. Para el nuevo inquilino tiene uso y disfrute de 2 habitaciones y para mi me reservo la tercera habitacion. Siempre que no este yo en casa, el inquilino puede hacer uso y disfrute de la tercera habitacion.

Asi mato dos pajaros de un tiro: hare un alquiler que puedo cambiar las condiciones cada año y subir precios y legalmente si a alguien le diera por vivir ahi ilegalmente yo puedo acceder a mi vivienda con toda legalidad.

Que perdere el 50% de desgravacion en la declaracion? No pasa nada ya me encargare yo de recuperarlo.

Puntuación 36
#1
JuanSinMiedo
A Favor
En Contra

JAAAAjajaja... Hay "Cariños" que matan.

Flaco favor a esos inquilinos, que entre la retirada de oferta, por la intervención marxista del alquiler, entre la subida generalizada de cuanta vivienda se ponga en el Mercado, y ahora que el arrendador, pueda repercutir tanto el I.B.I. con otros gastos que antes no los repercutía, el pobre "protegido" y querido "inquilino" va a quedar mas esquilmado, que un viajero de Despeñaperros en época de los bandoleros.

La EXTREMA-IZQUIERDA-MARXISTA-POPULISTA, siempre consigue lo mismo, hacer que aquel al que dicen van a proteger, acabe debajo de un puente, en la más absoluta miseria.

De momento, Goldman Sach, está vendiendo todo su negocio inmobiliario en España....¡¡¡BRAVO PERROFLAUTAS!!

Puntuación 35
#2
navegante, las herencias para los herederos no para el gobierno de turno
A Favor
En Contra

Y el gobierno del mentiras sigue dejando muchas lagunas en el tema de la ocupación.

Sí él que hace una ocupación es vulnerable, por qué regla de tres debe de asumir él propietario los costes de esa vulnerabilidad.

La inmobiliarias cuando les das un inmueble y les dices que menores no, ellos te dicen es una chica sola, y firmas y te llega una señora con tres menores y pareja.

Así que ojo con lo que se firma que todos son pillastres para seguir con el negocio de los alquileres en beneficio del que miente, ya sea la inmobiliaria o los inquilinos.

L a vulnerabilidad la debe de asumir el estado , no él propietario de la vivienda, y sí no q sea el estado el que de la vivienda q es su obligación

Puntuación 32
#3
alf
A Favor
En Contra

En todo. Para subir impuestos, cambian las normas cada pocos años y para hacerlas muchísimo más complicadas cada vez, haciendo la vida del contribuyente imposible de varias formas.

Puntuación 30
#4
Casero
A Favor
En Contra

Igual que antes de la ley... y el que diga que no, miente.

Puntuación -13
#5
eu
A Favor
En Contra

Otra tomadura de pelo mas, el arrendador y el inquilino u okupa, pueden pactar lo que quieren, que si el ibi lo paga el inquilino okupa, que si no, mas lo cierto es que la ley impone el pago del ibi a la propiedad y si el propietario pretendiera que se lo reintegre el inquilino okupa, se va encontrar con que es insolvente por lo que ese pacto no vale para nada. Y si con todo.

Puntuación 12
#6
El alquiler es rentable y por eso las socimis y empresas buscan comprarte tú piso para alquilarlos ellos
A Favor
En Contra

SE BUSCAN PROPIETARIOS ABURRIDOS QUE VENDAN SUS PISOS A PRECIOS BARATOS.

Puntuación 11
#7
Omadón
A Favor
En Contra

¿Entonces se podrá repercutir la cuota de la comunidad de propietarios? ¿el seguro de la casa? ¿el IBI y la basura? Si fuera así, como que no le va a hacer mucha gracia a mis inquilinos. Estoy seguro que hubiesen preferido que se hubiera quedado con la subida pactada (esta ley quiere cambiar contratos con carácter retroactivo) del IPC, porque la inflación alta no será eterna, y en cambio esta ley se va a quedar, al menos hasta que otro gobierno la cambie.

Puntuación 14
#8
Aurelio
A Favor
En Contra

La ley es una expropiación encubierta de un partido socialista cada día mas podemizado. La ley hará que el mercado de alquiler desaparezca y el que quiera un piso se tenga que endeudar hasta las cachas y tenga que pagar mas impuestos a los políticos de turno vía IVA, mas intereses por las hipotecas, etc. En algún momento alguien al que le importe un pimiento esta vida se irá al monte y habrá muertos que el partido socialista lamentará.

Puntuación 15
#9
Aurelio
A Favor
En Contra

Por cierto, ya vendí el piso que alquilaba....un problema menos.

Puntuación 23
#10
A Favor
En Contra

Según los cálculos de Albert Einstein, si corres al rededor de un árbol, a 298 km. por segundo, podrías darte por culo a ti mismo. Pero si no eres deportista, puedes hacer lo mismo volviendo a votar al PSOE en las próximas elecciones...

Puntuación 36
#11
La única fórmula válida para inquilinos y propietarios es LA SEGURIDAD JURIDICA
A Favor
En Contra

Y de que me sirve cargarle lo que quiera si luego no paga..

Puntuación 21
#12
A Favor
En Contra

Kiko

Hombre, ya puestos...hasta las reformas y daños estructurales del edificio...que los pague el inquilino, que cjs. Uff...que mal veo yo a la orda de listos que se creen que por tener alquilado un piso a un arrendatario ya tienen derecho de pernada con su família y yn grupo de siervos a su entero capricho. Luego los habrá que se quejen cuando hartos, asqueados y desesperados de abusos y bastardos destrocen la vivienda a conciencia, vamos un trabajo bien hecho. Un destrozo acorde con el hij***imo del dueño. Si eso es lo que queréis que llegue, pisad con rábia y sin piedad al de abajo. Ya vendrá la vuelta, y de seguro que no os va a gustar absolutamente nada, os lo garantizo. Hay puercos y bastardos en todas partes y en los dos bandos. Mejor, mucho mejor buscar un equilibrio que conforme lo mejor que se pueda a las dos partes. Ojito, mucho ojito con los " listos" los listos no dejan de ser una variedad un tanto evolucionada de los tontos, pero tontos al fin y al cabo. No confundir jamás a un " listo" con un inteligente. No tienen nada que ver. Hay que huir de los tontos y de los listos como de la peste. Siempre, siempr, siempre, los listos, al final pierden. Siempre, porque se creen que son inteligentes y los demás idiotas, una forma muy eficaz de recibir ostias como buques.

Puntuación -13
#13
kaka
A Favor
En Contra

Ley a derogar, punto

Puntuación 24
#14
Feijóo, no
A Favor
En Contra

Esta es la inmersión lingüística que hizo Feijóo (PP) en Galicia y que se sigue haciendo, relegando el castellano (idioma oficial del Estado) o como en esta WEB oficial sin opción a elegirlo (yo no lo encuentro) https://xuventude.xunta.es/

Este PP de Feijóo (nacionalista de proo) no lo quiero.

Así que cambiaré el sentido de mis próximos votos a la derecha, o sea, a Vox.

Puntuación 9
#15
A Favor
En Contra

Pues si que se va a poner la cosa malita para aquellos que quieran acceder a la vivienda de alquiler. Si al propietario le imponen tantas restricciones, habrá menos vivienda a disposición con lo cual el precio subirá. Ley de oferta demanda....

Puntuación 15
#16
jajaja...
A Favor
En Contra

El IBI es algo que no puede pagar un alquilado ya que no es propietario de la vivienda, creo que os habéis columpiado y mucho. Otra cosa es que pague lo que gasta en luz, agua y basura, electricidad o gas como todo hijo de vecino. A ver si ponemos información fiable ya que el artículo 20.1 de la LAU LO PROHÍBE EXPRESAMENTE.

Es más ni tan siquiera los gastos de escalera, ya que son a cargo del propietario y el inquilino no decide en junta alguna y no debería bajo ningún concepto asumir algo que se va a llevar en negro el propietario de la vivienda.

Así va el país.

Puntuación -1
#17
ojo
A Favor
En Contra

En un supuesto futuro distópico, que espero por el bien de todos que no ocurra:

1.- El mercado quita viviendas residenciales para dedicarlas al alquiler turístico de manera masiva.

2.- El propietario incrementa el precio de los alquileres e incorpora los gastos de Ibi, comunidad, basura, seguros

3.- Se incrementan los requisitos para conseguir que el inquilino acceda a la vivienda, visitas grupales de interesados, ofertas por escrito, declaración de bienes, saldos en bancos, informe de vida laboral, aval bancario, para que el propietario elija al candidato que mas le gusta.

4.- El acceso a la vivienda de alquiler (recomendado no exceda del 30% de los ingresos mensuales del inquilino) se sitúa en el 65%, impidiendo que pueda mantener una vida digna.

5.- Los propietarios, fondos de inversión e inversionistas extranjeros, siguen forzando el aumento de los alquileres y asegurándose unas rentabilidades superiores al 7% anual más el incremento anual de precios por adquisición.

6.- Una caída futura de las posibilidades de trabajar y de tener ingresos estables, hace que las personas, ya no puedan pagar los alquileres de manera masiva y los desahucios masivos se aceleran, poniendo en la calle en todo el país a cientos de miles de personas con sus hijos y familia.

7.- El mercado es el mercado y el mantra se repite y trata de justificar que la vivienda es un respeto a la propiedad privada y el que no tiene vivienda y no puede alquilarla, sencillamente que viva en la calle o que lo solucione el gobierno.

8.- Comienzan los disturbios y las ocupaciones de inmuebles, así como graves enfrentamientos armados entre los distintos grupos de población.

9.- Ante el cariz que van tomando los acontecimientos, el gobierno toma medidas drásticas y el resultado que se espera es una revolución de unos contra otros, haciendo que las ciudades se conviertan en zona de guerra y destrucción.

El ordeño del débil en un bien de primera necesidad cómo es la vivienda, terminará mal, muy mal para todos.

La ambición al final rompe el saco.

Puntuación -4
#18
Hartoooo
A Favor
En Contra

La Ley de Vivienda (que no toca la okupación, no les interesa) obligará a informar a los okupas de las ‘paguitas’ que pueden recibir antes de echarles, eso sí dar paguitas, no hay problema, y aumenta el problema de okupar para recibir.

https://www.voxespana.es/noticias/iniciativas-vox-acabar-ocupacion-ilegal-reformar-codigo-penal-construir-vivienda-social-20220830

https://www.eldebate.com/espana/20220809/asi-protegeria-cada-partido-politico-tu-casa-frente-a-una-okupacion.html

Puntuación 6
#19
Usuario validado en Google+
Narton Peich Freeman
A Favor
En Contra

Cuando era alquiliano, se me dió la posibilidad de NO utilizar una habitación, a cambio de una mísera reducciøn alquilatoria ...

A esta Señora le dí la oportunidad de conocer las mates fundamentales.

Regla de tressss, para el alquiladero, para la parte fija de la luz y calefacciøn, escalera, ...

Sus hijos creyeron que numéricamente harían frentepopulismo común (3 funcionarias que hoy en día serían cañificadas como podemitas encumbradas en su chochastro).

Hubo denuncias variopintas por parte de estas politoxicømanas.,..

La cosa salió como debe ser.

Estuve 8 años de alquiliano y al final las chonis me ofrecieron una venta.

Sigo aquí... eso sí, la tercera room la tengo para invitados.

Puntuación -8
#20
navegante, la izquierda predica pero no da ejemplo.
A Favor
En Contra

Al 13 Kiko, los que son malnacidos destrozan la vivienda le pongas el precio que le pongas.

Yo he asistido a un juicio por destrozos, por impagos, y por robo, y con a historieta de vulnerable, no cob´ro nada él denunciante, y él moroso ladrón, marranos los dos él hombre y la señora, por las noches a las casas de apuestas, los domingos al aperitivo y comer en el restaurante. y el juez de turno esos que se ponen en huelga no sé q día no aceptó ver documentos del casero, y luego la sentencia el propietario no pudo demostrar nada.

Kiko, destrozó la vivienda, lo que no se pudo llevar lo dejó inservible, y la vista para enjuiciar ese proceder, cinco años, y esos ahora quieren un aumento, q seguro él mentiras lo aprueba.

Puntuación 5
#21
A Favor
En Contra

Kiko

# 18) Sin llegar a esos extremos, espero, creo que por lo menos hay alguno en estos andurriales de " pseudomillonarios" y " grandes tenedores" que ve el problema de querer ser rico sin tener donde caerse muerto, o con tan solo un pisito heredado de su abuelita. Si, su punto de vista lo comparto en muchos aspectos. ( Que tenga un buen día)

#19) Otro que lee mucha morralla y ve anuncios de segurtas en la tele, y se lo cree todo lo que oye. Que yo sepa - y hasta ahora nadie me ha rebatido , ni creo que lo vayan a hacer. - los grandes okupas son ; ignoro el orden, LOS BANKOS Y LA IGLESIA ( ¿ Lo pillas ? ) unos porque se han quedado con una marea de pisos que no han pagado. Los hemos pagado y estamos pagando los ciudadanos españoles. Entre ellos estamos tu y yo ( ¿ lo pillas?) Y por cierto, nadie los ha deshauciado ni metido en el fichero de morosos. Los hay que llaman rescate a lo que no es más que un robo tan descomunal como escandaloso y vergonzante. La otra organización OKupadora es la iglesia ( esos que predican el " no robarás" en su 7? mandamiento, creo) con las miles y miles de propiedades que inmatricularon a su nombre los obispos gracias a otra genialidad de ese portento de la política Aznar. ( morrobreva he leído que lo apodan). De esos okupas no se habla, no se opina, no se comenta nada en los medios. ( ¿ lo pillas?). Podríamos seguir con los okupapisosdebankos y también con los okupa pisos de particulares, que casos hay. Pero vamos primero por los gordotes y bajando llegaremos a los chiquitines, ¿ no te parece.? Es que me ha parecido que tu, de los gordotes, también te olvidas, como tantos y tantos que piden a gritos desokupar a los pequeñitos y se " olvidan" de los gigantes descomunales. Sí, hay que desokupar, por supuesto que sí y lo antes posible 3 horas como muy tarde - pero a todos. ( ¿ Lo pillas?) En el fondo estamos de acuerdo. Es difícil no estarlo en esto. Gracias, te deseo un buen día.

Puntuación -5
#22
A Favor
En Contra

Antes pensaba que esta ley era mala para los propietarios ahora veo que es incluso mala para los inquilinos, desde luego si repercuto el ibi me sale unos 40€ mas al mes si repercuto basuras 15 € mas el seguro 10.80 € mas ,espera yo tengo un seguro de impago por si no me pagan que es caro, 33 € mas y este año les cambie cocina y horno 500 €mala suerte también se rompió el termo 750 € iva incluido. 1250€ entre 12 salen 104 eurillos de nada y varias cosas mas que el seguro me incluye y no pague nada, aun que año próximo pagare una prima mas alta eso si ......deja me ver: 40+15+10.80+ 104. me salen 170€ mas x mes osea si soy de aquellos que no me paso y tengo el alquiler bajo me joden por ser bueno y puedo subir solo un 2% a pesar de la inflación estar desatada pero al final puedo repercutir esos 170€ al mes? o solo una parte o al final hay que re negociar el contrato cuando terminen y si no interesa a alguna de las partes pues eso ,seguro que lo entendí mal la verdad creo que no se puede confiar en este gobierno de ineptos e inútiles.

Puntuación 5
#23
L9K8Y
A Favor
En Contra

Ante los okupas, esto puede ser una solución:

A un okupa no se le desahucia, se le desaloja, y al propietario de la vivienda o cualquier otra propiedad, se le protege, se protege la propiedad privada. Que las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad puedan desalojar a los okupas sin orden judicial, en el momento, solo con la presentación del Título de Propiedad.

Ante la posesión por parte de los okupas de contratos de alquiler falsificados con los datos del dueño de la vivienda, se hace preciso que el contrato de alquiler sea público, ante Notario, por ley, y constará así en la Ley de arrendamientos se les desalojará, previa presentación del propietario de la vivienda del Título de Propiedad ante las FCS.

A todo okupa se les desalojará de una vivienda que no pueda acreditar su propiedad o alquiler mediante contrato público, independientemente de que se encuentren en el interior de dicha propiedad personas con discapacidad, personas mayores o niños. Pudiendo cortarse toda clase de suministros, agua, gas, electricidad, telefonía-internet.

Los okupas no podrán inscribirse en el Padrón Municipal para lo que habrá que cambiar la Ley, siendo necesario aportar como documentación para empadronarse, el Título de Propiedad, o contrato público de alquiler, junto al Libro de Familia, DNI, NIE o pasaporte en su caso.

Endurecimiento de las penas, con penas de prisión de dos a tres años para quienes okupen una vivienda con violencia o intimidación y que vayan de los seis a los doce meses de cárcel para los inquilinos que dejen de pagar el alquiler (inquiokupas) a los propietarios del inmueble. Para aquellos que promuevan estas prácticas reclaman también penas de cárcel de uno a dos años y multa de seis a doce meses. Así mismo dejarán de percibir cualquier tipo de ayuda económica que vinieran percibiendo (ayuda comedor escolar-libros, IMV, Renta Mínima de Inserción, paro, etc.) y se les embargará cualquier otra que pudieran percibir en el futuro, con la finalidad de indemnizar al propietario por los daños causados en el continente y contenido. Considerar víctimas de la ocupación también a los vecinos del inmueble okupado para que la Comunidad de Propietarios pueda presentar denuncia, aunque no sean los propietarios de la vivienda ocupada.

Para los inquiokupas de una vivienda/propiedad en alquiler, y que dejan de pagar, hay que acelerar los plazos de la demanda y alzamiento, en el proceso exprés, para que el alzamiento se notifique con fecha y hora y ejecute, en un plazo no superior a sesenta días.

Además, hay que cambiar el Código Penal para que "todo español deba tener la capacidad de defenderse a sí mismo y a su familia, ante la agresión de un asaltante o varios, en su propio hogar”, para que así sea efectiva la legítima defensa quedando exento de responsabilidad criminal, ante una agresión sufrida dentro de tu propiedad privada.

Puntuación 12
#24
Sneck
A Favor
En Contra

13 # Kiko, totalmente y al 100% contigo. No me deja vitarte en positivo, pero ya sabes cómo va esto, cuando te hinchan a negativos, razón se lleva, pero es muy malo darla. Hasta donde yo sé, el inquilino, normalmente en lo q paga ya le entra pago d comunidad en casi todos los arrendamientos. Distinto es el resto d gastos a los q está sujeto el arrendador de seguro puso, cambio d lo q no funciona, IBI,y seguro x impago q se hace últimamente. Pero vamos, q sí arreglan las calles , tejados ,portales y un largo etc. q tienen los pisos viejos sobretodo..le toca al dueño del inmueble. Aquí pasa q todos queremos más . Lo q traen estás cuestiones, es q la gente se monte una tienda d campaña y le sigan muchos después. Si no, al tiempo. Tanto exprimir la vaca, no dará leche. Y el gobierno no tiene obligación d dar pisos a nadie

Puntuación -4
#25