
Los formularios para la liquidación del nuevo impuesto a banca y energéticas se validarán a final de esta semana, tras el retraso en su aprobación, ya que deberían haber estado listos para este día 1. El Consejo de Estado prevé emitir el informe perceptivo sobre la orden ministerial con los modelos de estas declaraciones el próximo día 2, según apuntan las fuentes consultadas por este periódico, y una vez dé el visto bueno, el Ministerio de Hacienda y Función Pública los publicará en el Boletín Oficial del Estado (BOE) para su entrada en vigor un día después.
La celeridad con la que el Ejecutivo aprobó este nuevo gravamen, por proposición de ley y por la vía de urgencia, ha chocado con los tiempos para su liquidación. El Gobierno publicó en el BOE el tributo el pasado 28 de diciembre, coincidiendo con el cierre del plazo de la audiencia pública. La orden ministerial llegó al Consejo de Estado hace apenas dos semanas y, al ir por trámite de urgencia, tiene un plazo de 10 días para emitir su dictamen. De ahí que aún no estén disponibles los formularios, ya que Hacienda no remitió antes el asunto al Consejo de Estado.
Según la Ley 38/2022, de 27 de diciembre, para el establecimiento de gravámenes temporales a energéticas y bancos, las entidades obligadas deben ingresar durante los primeros veinte días naturales del mes de febrero el 50% de este tributo en concepto de pago anticipado. Para ello, los bancos deben utilizar el modelo 798 'Gravamen temporal de entidades de crédito y establecimientos financieros. Pago anticipado', mientras que las energéticas deberán usar el modelo 796 'Gravamen temporal energético. Pago anticipado'. De cara a septiembre, cuando deben hacer la liquidación completa, las entidades se servirán del modelo 797 y las energéticas, del modelo 795.
Desde el Registro de Economistas Asesores Fiscales (REAF), señalan a elEconomista.es que aunque la publicación de los modelos se retrase, si están vigentes dentro de los primeros 20 días naturales de febrero, como marca la Ley, no tiene consecuencia alguna. A su juicio, si el Consejo de Estado se retrasa en su validación, sobrepasando los primeros 20 días de febrero, la única consecuencia que traería es que el Ejecutivo tendría que modificar la norma para concretar los nuevos días de liquidación, sin más efectos que como es un gravamen para la financiación del Estado, éste cobrará más tarde.
Financiar la economía
El Gobierno justificó la imposición de este gravamen por la coyuntura económica, ante una elevada inflación potenciada por el conflicto entre Rusia y Ucrania. Bajo este argumento, eligió a energéticas y banca para financiar la economía a través de esta tasa al considerar que están recibiendo beneficios "extraordinarios" y "sin esfuerzo" por la subida del precio de la energía, en un caso, y por el alza de los tipos de interés, en el otro.
El tributo grava el 4,8% de los ingresos de los bancos que tuvieran una facturación por encima de los 800 millones en 2019, antes de la pandemia. En el caso de las energéticas, grava el 1,2% de los ingresos de las compañías con una facturación superior a los mil millones en 2019. En total, se prevé recaudar 7.000 millones entre 2023 y 2024. Los bancos ya han anunciado que, tras el pago de febrero, recurrirán la tasa primero por vía administrativa y si la agotan, irán al Tribunal Constitucional.