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Esaú Alarcón: "Es precisa una reforma del 720 porque ahora solo afecta a determinados bienes"

  • Señala que quedan fuera del modelo obras de arte, joyas o aeronaves
  • Su libro 'Teoría y práctica del Modelo 720' hace un recorrido sobre el asunto
Esa? Alarc?n, abogado fiscalista en Gibernau y profesor de Derecho Tributario en la Universidad Abat Oliba. Foto: Alberto Mart?n.

Esaú Alarcón, abogado fiscalista en Gibernau y profesor de Derecho Tributario en la Universidad Abat Oliba, ha publicado el libro 'Teoría y práctica del Modelo 720' en el que hace un recorrido sobre lo sucedido en este asunto hasta que, una década después de su entrada en vigor, el Tribunal de Luxemburgo anulase su capítulo sancionador. También, se explica cómo cumplimentar el modelo y la jurisprudencia y doctrina existente.

¿Cuál es la situación del Modelo 720 en la actualidad?

Después de la sentencia, el 720 ha quedado como una obligación formal más. Desde mi punto de vista merecería una reforma importante porque en la actualidad solo afecta a determinados bienes o derechos en el extranjero, como son las cuentas bancarias, activos financieros y a bienes inmuebles y está pendiente el desarrollo para criptomonedas, pero el gran foco de fraude en el extranjero se puede encontrar en otros bienes, como son las obras de arte, dinero en cajas fuertes, joyas, aeronaves, vehículos. Son productos que fácilmente pueden ser objeto de fraude y deberían declararse igual. El 720 debería reformarse para ser una especie de declaración del Impuesto sobre el Patrimonio global de todos los bienes en el extranjero, tal y como ocurre en Italia.

¿Y en qué situación se encuentra el capítulo sancionador tras la anulación del capítulo sancionador?

Este es otro problema. El régimen sancionador era tan exagerado que ahora se ha derogado y nos hemos quedado con un régimen sancionador demasiado liviano. Sale muy barato incumplir con el 720. Hemos pasado de unas sanciones que iban en contra de los derechos humanos a unas en que cualquier persona que quiera dejar de declarar lo va a hacer, porque son sanciones de 100 o de 200 euros por declaración. Por eso es necesario también un cambio normativo que establezca un régimen sancionador que sea menos contundente que el anterior, pero más contundente que el actual. Hemos aplicado la ley del péndulo. Se ha pasado de una norma excesivamente agresiva a otra muy débil y creo que hay que buscar el punto medio.

"Hemos aplicado la ley del péndulo. Se ha pasado de  una norma agresiva a otra muy débil"

¿Y los que incumplieron con Hacienda?

Hay dos tipos de situaciones. En una están los que no cumplieron y luego lo han recurrido, bien las sanciones o las ganancias que tenían que imputarse en Renta. Estos contribuyentes están esperando que se anule la sanción, bien por los tribunales económico-administrativos o por los de Justicia, o bien que se devuelvan las sanciones impuestas con los intereses de demora. Los que no recurrieron, aunque se les haya pasado el plazo de reclamación o sus sanciones sean firmes o exista cosa juzgada, están recurriendo ahora mediante procedimientos especiales para conseguir la devolución de las cantidades ingresadas de más, tanto en sanciones como en ganancias no justificadas. Estamos en un momento de altísima litigiosidad, que espero que acabe durante 2023.

¿Y cuál es la postura de Hacienda?

La verdad es que no sé qué idea tiene Hacienda, pero creo que la Dirección General de Tributos debería plantear un cambio normativo. Hacienda de 2014 a 2016 empezaron muchas inspecciones y se impusieron numerosas sanciones, pero desde que hice público el dictamen motivado se paralizaron mucho los expedientes sancionadores y en la actualidad hay mucha calma, porque no hay inspecciones del 720 ni sanciones de este tipo. Tengo la sensación, acreditable con documentos, de que todo el mundo que ha pagado este tipo de sanciones, aunque no las haya recurrido en su momento, al final va a recuperar el dinero. Es pronto para decirlo, pero estoy convencido de que se va a poder recuperar. La otra vía que se puede emplear hoy es la responsabilidad patrimonial del Estado. Estamos en una situación de inseguridad, pero yo le recomiendo a todo el mundo que ha sufrido alguna consecuencia del Modelo 720, que actúen.

"Todo el que pagó sanciones, aunque no las recurriese, estoy seguro de que recuperará su dinero"

¿Y esto ocurre cuando se está cambiando la lista de paraísos fiscales, sin armonizar con Bruselas?

La lista de jurisdicciones no colaborativas puesta en marcha en la futura orden de Hacienda no es más que la transposición del desarrollo de la Ley 11/2021 antifraude. Y esta lista no encaja del todo con la de la Unión Europea, lo que puede motivar discusiones sobre determinados territorios que estén en una lista y no en la otra. Y luego está el tema del intercambio automático de información, puesto que hay muchos países que antiguamente eran países no cooperadores y que se han comprometido a dar la información, pero no está quedando muy claro que lo vayan a hacer. Me sorprende que países como Catar, Kuwait o islas que siempre han sido paraísos fiscales cumplan escrupulosamente con el intercambio. En la Orden española se prevé, que si dejan de cumplir, que se les incluya otra vez. Esto va a requerir un control por la Agencia que no soy capaz de ver como lo van a cumplimentar.

¿En el caso de elementos suntuarios, como obras de arte o yates, hay intercambio de información?

Si hablamos de países de fuera de la Unión Europea, estos bienes suntuarios tienen en cada país sus propios registros , pero no existe ningún tipo de intercambio de información sobre ellos. De echo la información que se intercambia es bastante más reducida que la que se incluye en el Modelo 720. Se intercambian datos sobre saldos, sobre los rendimientos de las cuentas, pero es una información muy limitada. Y solo afecta a cuentas no a cualquier tipo de producto financiero. Si nos referimos a los estados comunitarios, encontramos que hay mayor número de obligaciones, porque hay otras directivas al uso. Así, en Italia, por ejemplo, tienen una de las páginas de la declaración de la Renta , que es como una especie de declaración de patrimonio, pero de bienes en el extranjero. Así, que tienes que rellenar todos los datos. Y de la misma manera que tiene una sanción formal, porque no deja e ser una página sobre una declaración impositiva, pues te obliga a declararlo todo, que es lo que sería consecuente en España. Y luego, una propuesta que realicé a los últimos Presupuestos de Montoro, pero no me hicieron caso, es que la imprescriptibilidad patrocinada por el Modelo 720 se sustituya por un aumento del plazo de prescripción para las rentas de los bienes que se inviertan en el extranjero, que creo que no sería mala cosa.

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