
La Audiencia Provincial de Madrid quiere desocupar las viviendas okupadas en el menor tiempo posible. Así, lo ha acordado la Junta Sectorial de magistrados de las Secciones Penales de la Audiencia Provincial, reunida para unificar criterio. Se ha decidido por unanimidad.
Los magistrados han decidido que se acordará, a partir de ahora, el desalojo y restitución del inmueble, como medida cautelar en aquellos supuestos en que los jueces aprecien sólidos indicios de la ejecución del delito de allanamiento o usurpación, y se verifique además la existencia de efectos perjudiciales para el legítimo poseedor.
La Junta Sectorial ha adoptado este criterio tanto si el sujeto pasivo es una persona física como si se trata de una persona jurídica de naturaleza pública o privada.
Los magistrados han tenido en consideración no sólo a las víctimas o perjudicados por el delito, sino también a los vecinos a los que el delito pueda suponer un menoscabo directo en el pleno disfrute de sus derechos,.
La Audiencia Provincial también advierte, en una nota, que estas medidas se llevarán a cabo, pero sin perjuicio de que cuando se observe una situación de especial vulnerabilidad en las personas que ocupan el inmueble (menores, personas con discapacidad, etc.) de forma simultánea se dé traslado a los servicios sociales a fin de que adopten las medidas oportunas para su protección, facilitando las soluciones que procedan.
En el acuerdo de unificación de criterio, los magistrados de las secciones de Penal de la Audiencia Provincial recuerdan que el artículo 13 de la Ley de Enjuiciamiento Criminal (LECrim) habilita a la autoridad judicial a adoptar todas aquellas medidas que resulten necesarias para preservar y tutelar los bienes jurídicos ofendidos por la comisión del delito presuntamente cometido.
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