Una plataforma de intermediación de pagos en línea está obligada a tributar por el Impuesto sobre el Valor Añadido (IVA) y no solo sobre el porcentaje retenido como comisión por sus servicios.
Así lo apunta el Abogado General del Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TJUE), Athanasios Rantos, en sus conclusiones de 15 de septiembre de 2022.
Concluye el Abogado General, que es válida la disposición del Reglamento de Ejecución de la Directiva del IVA que establece que una plataforma de intermediación en línea está, en principio, obligada al pago del IVA, lo que respeta los objetivos generales esenciales de la norma impositiva comunitaria, así como que es necesaria o útil para su aplicación, limitándose a precisarla, pero sin completarla ni modificarla.
Razona Rantos que pone de relieve que el Reglamento no contiene restricciones en cuanto a su ámbito de aplicación o a su alcance. Por consiguiente, no está excluida del ámbito de aplicación material de dicha disposición ninguna categoría de servicios.
De ello resulta que la disposición controvertida del Reglamento de Ejecución, sobre la cuestión específica de cuándo un intermediario adeuda el IVA cuando se prestan servicios por vía electrónica a través, en particular, de una plataforma en línea, respeta los objetivos generales esenciales perseguidos por la Directiva del IVA.
Considera que esta disposición reviste un carácter puramente técnico, a saber, aclarar la situación de los comisionistas que operan en el sector del comercio electrónico, estableciendo criterios para identificar al prestador de servicios con el fin de determinar quién es el deudor del IVA.
A falta de tal aclaración, puede suscitarse el problema de la doble imposición de las operaciones transfronterizas o, al contrario, el de la no imposición en una cadena que implique en particular una plataforma en línea.
Por tanto, el Abogado General estima que el Consejo consideró fundadamente que estaba facultado para precisar la Directiva del IVA en lo tocante a los servicios prestados por vía electrónica a efectos de garantizar condiciones uniformes de ejecución. Por las mismas razones, la disposición controvertida del Reglamento resulta necesaria o útil para la aplicación de la disposición de que se trata de la Directiva del IVA.
En el caso en litigio, Fenix, entidad registrada a efectos del impuesto sobre el valor añadido (IVA) en el Reino Unido, opera la plataforma en línea Only Fans cobrando y distribuyendo los pagos efectuados por los seguidores y aplica a los creadores un cargo del 20% de los importes abonados.
Fenix cobró y declaró el IVA sobre una base imponible consistente en el cargo de ese 20% lo que motivó la actuación de la Hacienda británica extendiendo liquidaciones sobre la totalidad del IVA.
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