
El Ministerio de Justicia ha abierto a información pública el Real Decreto por el que se aprueba el protocolo de reconocimiento médico forense a la persona detenida, que adapta las funciones y los procedimientos del reconocimiento médico forense a las personas detenidas a la normativa vigente, a estándares internacionales, al uso de nuevas tecnologías y a sus las especiales circunstancias y necesidades.
El protocolo se inicia con la detección de factores de vulnerabilidad de la persona detenido, tales como la identidad de género; orientación sexual; edad (en el caso de menores o mayores de 60 años); discapacidad; enfermedad física o psíquica; extranjeros; víctimas de trata de seres humanos; y régimen de incomunicación (con la realización de dos reconocimientos cada 24 horas, a criterio del médico.
Se considera preciso el consentimiento informado del detenido; la descripción de las condiciones de detención; los antecedentes familiares; las exploraciones físicas y psíquicas. También, se extienden las exploraciones y la aportación de informes en el caso de alegación de tortura o tratos inhumanos o degradantes.
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