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La Seguridad Social permitirá a los autónomos societarios acogerse a la tarifa plana

  • Cambia de criterio tras tres sentencias emitidas por el Tribunal Supremo
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La Seguridad Social ha cambiado de criterio, tras tres sentencias del Tribunal Supremo, y establece ahora que los autónomos societarios tendrán derecho a solicitar y beneficiarse de la bonificación de cuotas de la tarifa plana, según ha indicado ATA.

Este cambio de criterio figura en una nota emitida por el área de impugnaciones de la Subdirección General de Ordenación e Impugnaciones de la Tesorería General de la Seguridad Social, que ha notificado a los departamentos regionales de impugnación la orden para que se tramiten todas las solicitudes de la tarifa plana, tanto de personas físicas como de autónomos societarios.

"Teníamos razón y nos la han dado, noticia importante para autónomos societarios", ha celebrado el presidente de ATA, Lorenzo Amor, en un mensaje publicado en su cuenta oficial de Twitter, recogido por EP.

En concreto, el Supremo ha dado la razón a los autónomos que denunciaron que la Seguridad Social les impedía acceder a la tarifa plana para autónomos por su condición de societario en tres sentencias, al resolver que "no puede impedirse la aplicación de los beneficios en la cotización previstos en el artículo 31 de la Ley 20/2007, del Estatuto del Trabajo Autónomo, a los trabajadores que ostentan la condición de socios de sociedades mercantiles capitalistas".

Asimismo, se han dictado providencias del Alto Tribunal que inadmiten los recursos de casación interpuestos por la Tesorería General sobre este asunto al considerar que la cuestión objeto de debate ya quedó resuelta por la sentencia del 3 de diciembre.

Por ello, al existir ya doctrina jurisprudencial sobre la aplicación de lo dispuesto en el precepto, la Tesorería señala que "procede modificar el criterio que ha venido manteniendo de manera que se permita a los trabajadores autónomos socios de sociedades mercantiles capitalistas, ya sea de sociedades limitadas o anónimas, acceder a los beneficios en la cotización previstos en el artículo 31 de la Ley 2/2007, del Estatuto del Trabajador Autónomo".

En consecuencia, añade, respecto de los recursos de alzada que se hubieran formulado sobre esta cuestión y que estén pendientes de resolver procederá dictar resolución estimatoria.

En cuanto a las resoluciones que ya sean firmes en vía administrativa, ya sea porque no se impugnaron en su momento o porque hubiera recaído resolución desestimatoria dictada en alzada, que hubieran impedido la aplicación de los incentivos, señala que únicamente procederá su revisión si se insta expresamente por los interesados, cuya tramitación y resolución, en su caso, corresponderá al órgano que dictó el acto originario.

"Ya era hora"

El presidente de UPTA, Eduardo Abad, ha indicado este martes que "ya era hora" de que la Seguridad Social cambiara el criterio y aplicara la tarifa plana también en los autónomos societarios, como los tribunales han venido reconociendo en contra de lo que la Administración venía interpretando, "ya que no existe impedimento legal alguno".

No obstante, Abad destacó, en un comunicado, que han tenido que ser los tribunales los que, de nuevo, "legislen a golpe de sentencia". "Desde UPTA, hemos reclamado en numerosas ocasiones esta circunstancia que de alguna forma estaba discriminando a muchos trabajadores y trabajadoras autónomos a la hora de iniciar la actividad", subrayó.

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Comentarios 5

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sociatas de atrezzo
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luego me discuten que no son socialnarcocaìtalistas lo que antaño fueran llamados el partido de los liquidadores, con el pueblo cuando lo necesitan y masacrandrolo cuando tocan poder...

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#1
Ahora falta la estafa del suelo hipotecario
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Ahora hace falta que dejen de pagar la estafa del suelo hipotecario a la delincuencia bancaria ..sobre todo tras las sentencias de los tribunales de justicia europea ,, Sentencia que los tribunales españoles y la delincuencia bancaria se han pasado directamente por ""el soberano" miles de autonomos u pymes continuan pagando la estafa con total descaro e impunidad garantixzada de las delincuencia bancaria ..

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#2
Si desaparecen de donde sacaran los impuestos
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Si desaparecen los autonomos y pymes ...¿¿¿de donde sacaran los impuestos .. ????multinacionales , electricas petroleras , socimis sicav , tasa google . Amazon , etc no pagan un duro jamas y si son los famosos bancos y su delincuencia economica adjunta en lugar de pagar se llevan miles de millones en rescates y fusiones que pagan los contribuyentes ,, con total descaro e impunidad y jamas devolveran un centimo

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#3
¿¿quedara alguno ??
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¿¿¿quedara alguno ???

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#4
rogelio
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Sentencia con prisas ya que las demandas habían escalado hasta el TSJ de la unión Europea y claro todo el mundo ya sabe que no se andan con tonterias y la sentencia podría haber entrado en el asunto de la ilegalidad de que un autónomo por cuenta propia o empresario en España pague cuotas de la seguridad social algo que ya paso en Italia y otros paises de la UE, y que como en el caso Italiano dejo sin efecto la obligación de pago de cuotas sociales ,impuestos o tasas similares.

De todas formas lo mas probable es que este asunto siga su curso de una forma u otra a través de la justicia Europea y temprano o tarde se dicte en contra de la obligación de pagar cuotas y aquí entonces será cuando de verdad surja el problema porque bajo la jurisprudencia actual España se podría ver obligada a devolver las cotizaciones pagadas a todos los autónomos a lo largo de su vida.

Aun se esta a tiempo de realizar las reformas antes de que sea tarde.

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#5