
El Ministerio de Transición Ecológica prepara la creación de un mercado de capacidad para el sistema eléctrico español con el objetivo de reforzar la estrategia de almacenamiento y darle a Red Eléctrica las capacidades suficientes para contratar la potencia firme necesaria para atender el suministro eléctrico.
Para ello, el Ministerio propone poner en marcha un procedimiento de subastas que gestionará el propio operador del sistema en función de los análisis realizados de sus necesidades para garantizar el suministro.
La norma prevé dos modalidades de subasta: Subastas principales, cuyo periodo de prestación del servicio de capacidad se inicia en un plazo máximo de 5 años desde la asignación del servicio tras la celebración de la subasta, y subastas de ajuste, asociadas a un periodo de prestación del servicio de capacidad de 12 meses de duración, el cual se inicia en un plazo máximo de 12 meses desde la asignación del servicio tras la celebración de la subasta.
El Gobierno prevé que a través de las subastas principales se garanticen las necesidades de potencia firme para el sistema eléctrico peninsular, fomentando al mismo tiempo la inversión en los activos gestionables como el almacenamiento, mientras que por medio de las subastas de ajuste se pretenden resolver los eventuales problemas de cobertura que no vayan a ser cubiertos por medio de la potencia firme asegurada mediante las subastas de capacidad principal.
Los titulares de aquellas instalaciones que resulten adjudicadas se constituirán como sujetos proveedores del servicio de capacidad, debiendo cumplir con lo establecido en la orden y los procedimientos de operación que la desarrollen.
Las subastas se harán además bajo un principio de neutralidad tecnológica, de forma que tanto la generación, el almacenamiento como la demanda podrán participar en dicho mecanismo siempre que cumplan con los requisitos de habilitación establecidos. Al objeto de permitir una equivalencia de la potencia firme aportada entre las diferentes tecnologías (hidráulica, eólica, solar, almacenamiento, etc.), se crean los denominados ratios de firmeza, que permiten evaluar la capacidad de cada una de las tecnologías para encontrarse disponible en los momentos de mayor escasez de energía eléctrica.
Además, se establece de forma general un límite máximo de emisiones de CO2 de 550 gramos por kWh para las instalaciones existentes de generación participantes en el mecanismo, mientras que las nuevas inversiones que deseen participar en el mecanismo deberán acreditar que se corresponden con instalaciones no emisoras.
El proyecto de orden regula, asimismo, aspectos relacionados con los derechos y obligaciones de los proveedores del servicio de capacidad, incluido su régimen retributivo o el esquema de penalizaciones en caso de incumplimiento por parte de los referidos sujetos.
Finalmente, la normativa contempla la forma de financiación del mercado de capacidad, que será asumida por todos los consumidores de energía eléctrica y que se establecerá como un término de energía, por segmento tarifario y periodo horario (iguales que los establecidos para los peajes de transporte y distribución y cargos), en función de sus necesidades de firmeza.
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