
La Comisión Nacional de los Mercados y la Competencia (CNMC) ha iniciado la apertura de un expediente sancionador contra Telefónica una vez detectado que existen indicios de que esta compañía cobró a sus competidores más de lo debido en concepto del denominado 'Partidazo', es decir, el previsible encuentro de fútbol más interesante de cada jornada de Liga, en todos ellos con la participación del Real Madrid o del Barcelona. Por el mismo concepto también se incluye el cobro excesivo por los contenidos 'Premium' de motor.
Pese a que hace casi un año que la 'teleco' ya reconoció su error en la forma de calcular los costes fijos del contenido más valioso de su oferta mayorista de televisión de pago, los operadores rivales tuvieron que soportar por dicho canal "unos costes mayores a los que les correspondían".
La controversia gira en torno al concepto coste mínimo garantizado (CMG), que viene a ser el importe que determina el precio que deben abonar los rivales de Telefónica interesados en contratar para sus respectivas plataformas los canales de fútbol y motor. Este CMG, según explica el regulador, pondera los costes fijos por el pago de derechos de emisión exclusiva, así como los costes de producción y otros conceptos.
"Este reparto proporcional se realiza en base a unos criterios determinados en los compromisos que incluyen la cuota de abonados a la televisión de pago de cada operador, así como la potencialidad de contratación sobre la base de sus redes"
"Este reparto proporcional se realiza en base a unos criterios determinados en los compromisos que incluyen la cuota de abonados a la televisión de pago de cada operador, así como la potencialidad de contratación sobre la base de sus redes". Bajo estas premisas, Telefónica consideró inicialmente un "número de abonados inferior al que debería haberle correspondido, lo cual dio lugar por este factor a costes superiores para los operadores que contrataron este canal".
El hecho de que Telefónica compensara a sus clientes mayoristas y devolviera los importes excedidos en septiembre de 2018 no impidió que, una vez que la temporada ya había terminado, reparar los posibles efectos sobre la competencia en su momento. Por todo lo anterior, la resolución de la CNMC determina que Telefónica deberá compensar a aquellos operadores a los que cobró de más por el coste mínimo garantizado de los canales de fútbol y motor, al tiempo que reconoce el derecho de Telefónica a reclamar el pago de las cantidades cobradas de menos a otros operadores, en caso contrario.
Según se desprende de las obligaciones contraídas por Telefónica tras la toma de control de Canal+ (DTS, antigua Sogecable, propiedad del grupo Prisa) en abril de 2015, la 'teleco' debe comercializar en el mercado mayorista una oferta anual de contenidos consistentes en canales 'Premium' (estrenos de cine y acontecimientos deportivos, entre otros), así como la replicabilidad de los productos de estos canales y el acceso no discriminatorio a Internet de sus clientes a contenidos de televisión de pago de operadores OTT.
En virtud de esa obligación, Telefónica debe ofrecer una oferta mayorista de canales propios 'Premium' en condiciones "equitativas, razonables, objetivas, transparentes y no discriminatorias". Y precisamente, la CNMC considera que existen indicios de incumplimiento sobre los referidos compromisos.