
Las plataformas de reparto de comida a domicilio cuentan ya con una estrategia definida para burlar a la Inspección de Trabajo ante la acusación de estar utilizando falsos autónomos. En las últimas semanas y ante los numerosos expedientes abiertos en toda España contra este sector, Deliveroo, Glovo o Uber Eats están defendiendo que no tienen trabajadores para llevar a cabo el reparto sino que, en realidad, se trata de clientes que usan su aplicación como una herramienta más en su labor. De hecho, Glovo y Uber Eats han dado un paso más allá y están cobrando a sus repartidores o riders por acceder a la plataforma y poder así trabajar con ellos. Según publicó el diario ABC, la compañía catalana va a cobrar 2 euros a cada repartidor "por el uso de la plataforma", un cargo que se realizará en cada factura emitida.
La primera firma en mostrar públicamente esta estrategia de tratar a los repartidores como un proveedor o cliente más de la plataforma ha sido Deliveroo, que no se plantea por ahora la posibilidad de cobrar por trabajar. La directora general de la firma, Diana Morato, reconoció en una jornada organizada por Uno Logística hace unos días que tratan a sus riders "como un cliente", por lo que "nuestro principal objetivo es mejorar el servicio que les prestamos". En este punto, la directiva defendió que "no son una empresa de transporte", sino "una firma de gestión de comida a domicilio", por lo que sus clientes son los restaurantes y los riders.
La compañía de origen británico, que ha sido expedientada por usar falsos autónomos, ha explicado después que su enfoque es el mismo que tiene con un cliente: escuchar sus necesidades, cubrir sus expectativas y ofrecer una propuesta de valor de calidad.
Con el cobro de una especie de comisión por el uso de la plataforma o el cambio teórico de la relación con los repartidores, las compañías buscan alejar la sombra de la relación laboral que, según la inspección de trabajo de Valencia, Deliveroo mantiene con sus riders. No en vano, Empleo ha extendido las investigaciones a gran parte de las compañías digitales y provincias.
Pese a las diferentes estrategias de defensa y comunicación, las plataformas digitales cada vez tienen más difícil negar que existe una relación laboral con sus repartidores o conductores. Y es que, una sentencia del Tribunal Supremo del 16 de febrero ha dejado claro que existen indicios de laboralidad cuando es la empresa y no el autónomo el que "toma las decisiones concernientes a la relación con el mercado o el público"; cuando selecciona la clientela o personas a atender y cuando fija "precios, tarifas, horarios" y zonas de actuación, tal y como hacen firmas como Deliveroo o Cabify.
En este caso, la sentencia, recogida por el abogado Andrés Todolí, se refiere a una empresa de traducción que funciona con autónomos y que intermedia, a través del teléfono, entre los clientes y los traductores.