BRUSELAS, 27 (EUROPA PRESS)
El Tribunal de Justicia de la UE (TUE) confirmó hoy la legalidad de la multa que impuso la Comisión Europea en 2001 a seis compañías productoras de gluconato sódico a las que acusó de haber formado un cartel a escala mundial que se dedicó a pactar la fijación de precios y compartir clientes entre 1987 y 1995.
El TUE desestimó los recursos que presentaron contra la decisión del Ejecutivo comunitario cuatro de las seis empresas implicadas ---Akzo Nobel, Archer Daniels Midland Company (ADM), Roquette Frères y AVEBE_, respaldando de esta manera la multa impuesta en 2001.
Estas compañías -junto a las también implicadas Fujisawa Pharmaceutical Company y Jungbunzlauer están activas en la producción de gluconato sódico, un producto químico utilizado para limpiar metales y cristales, y también como retardador y reductor de agua en diversos extractos, como papel y textil, así como aditivo alimentario, explicó la Comisión en un comunicado.
El Ejecutivo comunitario impuso la multa después de concluir una investigación que determinó que entre 1987 y junio de 1995 las seis compañías mantuvieron reuniones regulares donde acordaron cuotas individuales de ventas, fijaron precios mínimos y compartieron clientes específicos.
A pesar de las alegaciones que formularon las cuatro compañías recurrentes -relativas al desconocimiento de las operaciones, el cálculo erróneo de la amplitud de su mercado o de la cantidad de las multas, entre otros el TUE confirmó hoy la decisión de la Comisión y modificó a la baja la sanción impuesta a Roquete.
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