Madrid, 2 mar (EFECOM).- El Consejo de Ministros ha aprobado un acuerdo entre Portugal y España para el mantenimiento recíproco de reservas de crudo y otros productos del petróleo.
El acuerdo aumenta la flexibilidad de los sujetos obligados al mantenimiento de existencias mínimas de seguridad, de acuerdo con lo dispuesto en la Ley del Sector de Hidrocarburos, de 1998.
Según la normativa comunitaria cada estado miembro tiene la obligación de mantener un mínimo de "stocks" de crudo y productos petrolíferos equivalente a noventa días del consumo del año anterior de gasolinas, gasóleos y querosenos y fuelóleos.
La normativa comunitaria permite acuerdos bilaterales entre Estados de la UE para la constitución de existencias mínimas de seguridad en territorio del otro Estado, siempre que se contemplen el control y la inspección de las mismas.
España, con este acuerdo con Portugal, eleva a tres los acuerdos bilaterales en esta materia, tras los firmados con Francia e Italia. EFECOM
aa/pam
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