Empresas y finanzas

Aena gana una batalla a la restauración: los nuevos contratos son arrendamientos y no concesiones

El Tribunal Administrativo Central de Recursos Contractuales ha dado la razón a Aena y ha inadmitido cuatro reclamaciones interpuestas por la asociación empresarial Marcas de Restauración contra los pliegos de los procedimientos para la contratación de distintos espacios de restauración, multitiendas y máquinas expendedoras en varios aeropuertos de la red.

Así se recoge en un hecho relevante remitido a la CNMV, en el que en concreto se señala que la decisión del tribunal se basa en que las modificaciones técnicas incluidas por Aena en los pliegos de contratación de los contratos licitados hace que estos contratos tengan la consideración de arrendamientos de bienes inmuebles y no de contratos de concesión como los calificaba la asociación reclamante y, por lo tanto, sólo podrán examinarse ante la jurisdicción civil.

El Tribunal Supremo sentenció en mayo en el sentido contrario, es decir, dictaminando que la explotación de los locales comerciales y de restauración de Aena son en régimen de "contrato de concesión de servicios sujeto a regulación armonizada", no de alquiler.

No obstante, Aena considera que la reciente resolución del tribunal administrativo confirma la legalidad de su modelo comercial "para el desarrollo de la restauración en su red de aeropuertos, que seguirá basado en el modelo de arrendamientos, como hasta el momento actual", según ha trasladado al supervisor bursátil.

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