Empleo

La Junta anima a los autónomos dados de alta en 2023 y con un año de actividad a pedir la cuota cero

  • Se comenzará a pagar en marzo y son compatibles con ayudas al inicio de actividad
  • Empleo  les abonará el importe de loce meses la cuotas a la Seguridad Social, alrededor de los 1.000 euros.
Trabajador autónomo en una imagen de archivo.

Los autónomos andaluces que se dieron de alta a partir de enero de 2023 ya pueden solicitar 'on line' la denominada Cuota Cero, que consiste en el "reintegro" de las cuotas pagadas durante el primer año de actividad, desde que se acogieran a la Tarifa Plana estatal como nuevo autónomos.

Los trabajadores por cuenta propia que se dieron de alta por primera vez en el Régimen Especial de Trabajadores Autónomos (RETA) durante 2023 pueden realizar ya ese trámite de solicitud, siempre que tengan cumplidos los doce meses de alta.

Desde la Junta destacan que la tramitación "es muy ágil y sencilla", porque solo hay que cumplimentar un formulario 'on line" sin tener que adjuntar ninguna documentación (la administración la comprueba de oficio). "Está totalmente automatizada y se pagará en pocos días", aseguran.

En marzo

Previsiblemente, se comenzará a pagar a partir de marzo. Además, ha recalcado que "es compatible con las ayudas al inicio de actividad, que pueden alcanzar hasta los 5.500 euros".

La Consejería de Empleo mantendrá abierto el plazo de esta convocatoria Cuota Cero hasta septiembre de 2026, por lo que los nuevos autónomos que vayan cumpliendo el requisito de los doce meses de alta podrán acceder en cualquier momento al trámite online para realizar la solicitud y cumplimentar los datos solicitados, sin necesidad de adjuntar documentación.

En el número de cuenta proporcionado, la Consejería de Empleo abonará a los beneficiarios que cumplan los requisitos el importe correspondiente a los doce meses de pago de cuotas a la Seguridad Social, es decir, alrededor de los 1.000 euros.

Bases

Las bases reguladoras de estos incentivos al fomento del trabajo autónomo pueden consultarse en la web de la Consejería de Empleo donde se recogen los diferentes colectivos potenciales beneficiarios de la Cuota Cero.

Son, junto a los nuevos autónomos acogidos a la tarifa plana estatal, las personas trabajadoras por cuenta propia que tengan un grado de discapacidad igual o superior al 33 por ciento, o sean víctimas de violencia de género o víctimas de terrorismo acogidos a la cuota reducida de la Seguridad Social, además de trabajadoras autónomas que hayan cesado su actividad por nacimiento de hijo/a, adopción, guarda con fines de adopción, acogimiento y tutela y quieran volver a realizar una actividad por cuenta propia dentro de los dos años siguientes a la fecha del cese, acogidas a la bonificación estatal del 80 por ciento de la cuota.

Dos años

La cuota cero en Andalucía contempla tres casos en los que los beneficiarios de este incentivo podrán obtener hasta 24 meses de bonificación.

Disfrutarán del segundo año de Cuota Cero, tanto las autónomas que cesaron su actividad por maternidad, como todos aquellos trabajadores por cuenta propia que, durante los doce meses siguientes desde que finalice el periodo inicial de doce primeros meses incentivados con la Cuota Cero, tengan rendimientos económicos netos anuales inferiores al salario mínimo interprofesional anual que corresponda a ese periodo.

También tendrán 24 meses de Cuota Cero las personas trabajadoras por cuenta propia que tengan un grado de discapacidad igual o superior al 33 por ciento, o sean víctimas de violencia de género o víctimas de terrorismo.

En estos tres casos, sólo debe presentarse una vez la solicitud al cumplir los doce primeros meses desde el alta en RETA, excepto en el caso de aquellas personas autónomas que tengan rendimientos económicos netos anuales inferiores al salario mínimo interprofesional anual, que tendrán que volver a presentar una segunda solicitud cuando hayan finalizado ese segundo año de alta en RETA

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