
El pasado fin de semana los trabajadores de Deliveroo, empresa online de entregas a domicilio, fueron a la huelga. Protestaban por las más que cuestionables condiciones bajo las que desempeñan sus obligaciones. Se trata de una situación muy semejante a la que presentan las personas que prestan servicios a otras firmas como Glovo, Uber o Cabify.
Sin duda, el auge de las nuevas tecnologías y el surgimiento de la economía colaborativa están revolucionando las condiciones laborales. Las nuevas necesidades de empresas y clientes requieren de una flexibilidad que pone en tensión las relaciones de trabajo tal y como hasta ahora han sido concebidas.
Ahora bien, el reconocimiento de esa realidad no equivale a otorgar patente de corso a este tipo de firmas para que abusen de la actual legislación como lo están haciendo. Puede comprenderse que su forma de trabajo demande más autónomos que empleados en plantilla. Ahora bien, cuando a una persona se le limita el tiempo de su trabajo, la manera en que puede desempeñarlo o se le exige exclusividad se viola el actual régimen laboral de los autónomos.
Se trata de una irregularidad semejante a la que estas mismas empresas plantean en el ámbito fiscal. La creación de filiales en los países donde operan, en apariencia carentes de actividad definida, no es una exigencia de las nuevas formas de gestionar una empresa, sino una bien conocida artimaña para esquivar las legislaciones tributarias de los territorios en los que operan, y ejercer así una competencia desleal contra sus rivales en esos mercados. Bienvenidas sean las innovaciones de la economía online, pero siempre que ésta se ajuste a la ley y no pretenda tergiversarla según sus intereses o simplemente ignorarla.