Economía

Cómo blindar el ahorro en pensiones ante los cambios fiscales

  • Rentas vitalicias, seguros y fondos son refugios para el inversor
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El ahorrador medio en España se viene enfrentando a cambios continuos en la fiscalidad tanto general como del ahorro. Y justo ahora, con el reciente cambio de Gobierno, se acusa en mayor medida la percepción de incertidumbre hacia los derroteros que tomará la política tributaria. En este sentido, para una correcta planificación de la jubilación es necesario tener en cuenta la variable fiscal y los posibles cambios que pueden experimentar los distintos productos de ahorro e inversión.

La primera circunstancia a la que se enfrenta el actual trabajador es la absoluta incertidumbre sobre el marco fiscal a corto y medio plazo y la inconsistencia continua en las políticas tributarias según el Gobierno que esté al mando o, incluso, según el ministro de Hacienda que se encuentre en ejercicio. La elección de los vehículos de ahorro e inversión constituye un proceso ya de por sí muy complejo y sometido a enormes incertidumbres para el trabajador de hoy, que debe empezar a planificar a 20 ó 30 años vista.

Ello se complica aún más cuando el Gobierno de turno usa los impuestos para cubrir agujeros estructurales de la economía como pueden ser los derivados de las pensiones o la deuda pública. Recientemente, la agencia de rating Fitch señalaba la incertidumbre en la política tributaria como uno de los factores negativos de largo plazo de la economía española. Teniendo en cuenta esta volatilidad tributaria, intensificada en los últimos años, caben dos escenarios posibles: por un lado, el mejor de los escenarios sería que la tributación del ahorro se quedase tal como está en la actualidad tanto en tipos marginales como en reducciones, bonificaciones y exenciones de los diferentes productos de ahorro, quizá restableciendo medidas básicas para frenar la doble imposición como sería la exención de 1.500 euros por dividendos.

Pero, por otro lado, el peor de los escenarios sería, como señalan los Economistas Asesores Fiscales del Consejo de Colegios de Economistas, equiparar la tributación de las rentas del ahorro a la de las rentas del trabajo, lo cual supondría duplicar el tipo marginal en el tramo superior, como ya pasó en 2010 cuando se pasaron las ganancias patrimoniales obtenidas en menos de un año a la base imponible general.

Un ejemplo de este último escenario es la última reforma fiscal del IRPF en Navarra, donde se han aprobado tipos marginales más altos, situándose a la cabeza de España en imposición sobre el capital mobiliario y las plusvalías por elementos patrimoniales. Otro escenario extremo fue la eliminación del régimen transitorio en ganancias y pérdidas patrimoniales sobre activos adquiridos antes del 31 de diciembre de 1994 a partir de 400.000 euros y la supresión de la corrección por inflación, más conocida como los "coeficientes de abatimiento". Que a ojos de Hacienda un euro de hoy valga lo mismo que un euro de hace diez o 20 años supone un hachazo muy grave no sólo sobre la rentabilidad real neta de la inversión, sino sobre la propia preservación del capital a largo plazo.

Sin perder de vista posibles riesgos de cola en la fiscalidad como los anteriores, con un futuro fiscal que pueda oscilar en este rango de posibles cambios, ¿qué estrategia de ahorro a largo plazo puede realizar un trabajador para complementar la pensión pública que recibirá en el futuro? ¿Qué características deben tener los productos elegidos para que se pueda minimizar el impacto de cualquier posible cambio fiscal?

Esta problemática la vamos a abordar a través del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas (IRPF). La mitad de la recaudación y de las competencias legislativas de esta figura tributaria recae sobre las comunidades autónomas -ya que se trata de un tributo cedido parcialmente-, si bien no hay que perder de vista los cambios tributarios que se puedan producir sobre el ahorro en impuestos como el del Patrimonio o el de Sucesiones y Donaciones -tributos cedidos totalmente-.

1. Depósitos

Los depósitos y cuentas a la vista son los productos más simples en su tratamiento fiscal y de los que no se esperan cambios relevantes a largo plazo. Se trata de la alternativa de ahorro elegida por una buena parte de los españoles con un peso cercano al 10% para asegurar una liquidez permanente -a partir de datos de la Encuesta Financiera del Banco de España-, a costa de una rentabilidad financiero-fiscal hoy en día negativa.

2. Renta fija

Tanto si los productos son de renta fija implícita -bonos cupón cero-, como si son de renta fija explícita -aquellos en que sí se pagan cupones-, su régimen fiscal depende casi exclusivamente de modificaciones en los tipos marginales de la escala del ahorro. Estos serían productos vulnerables desde el punto de vista fiscal, ya que hay que tributar cada vez que se cobra un cupón cuando la renta es explícita o al amortizar el producto cuando la renta es implícita porque se emite al descuento como las Letras del Tesoro. La mayor parte de la renta fija implícita es activo de corto plazo, con lo cual puede estar sometido a vaivenes en los tipos y retenciones.

3. Renta variable

Al igual que sucede con la renta fija, la renta variable también está sometida a cambios fiscales en el corto plazo, ya que cada vez que se cobra un dividendo o se transmite una acción, hay que pasar por la caja de Hacienda. Incluso aunque hay mecanismos para diferir tributación como es el cobro de dividendos en forma de nuevas acciones -scrip dividend-, otras modalidades que antes tenían una tributación diferente como la transmisión de derechos de suscripción preferente obligan a estar permanentemente pagando impuestos que puedan ser susceptibles de ser mayores en un futuro, por no hablar de los cambios que se puedan producir en la "cláusula antielusión", actualmente fijada en el 25% del saldo positivo.

4. Depósitos

El producto de ahorro por excelencia para las familias españolas -el peso de la vivienda habitual y de la segunda vivienda en la cartera total de inversiones supera el 75%- tampoco se libra de la volatilidad tributaria. Las dos cuestiones más peligrosas que enfrenta un propietario de vivienda a efectos del IRPF son, por un lado, la valoración del inmueble cuando éste se transmite -sujeto a la otra incertidumbre que es la valoración catastral- y, por otro lado, la determinación de la plusvalía obtenida si hay corrección o no por inflación. Si bien la vivienda en propiedad suele mantenerse mayoritariamente hasta la muerte de la persona, la última reforma fiscal puso en marcha un mecanismo más robusto frente a cambios tributarios que es la constitución de rentas vitalicias a partir del importe íntegro de la transmisión de éste u otros elementos patrimoniales para contribuyentes mayores de 65 años, con un límite de 240.000 euros. Se ve más abajo al tratar el producto de renta vitalicia.

5. Fondos de inversión

Los fondos de inversión y, en general, las Instituciones de Inversión Colectiva -sicavs y fondos y planes de pensiones- cuentan con un privilegio fiscal difícilmente modificable como es el régimen de traspasos: cuando el importe obtenido de la venta de un fondo se destina a la compra de otro fondo, no existe ganancia o pérdida patrimonial y, por tanto, no se tributa. El nuevo fondo conservará el valor y la fecha de adquisición del antiguo. En este punto si la gestora es extranjera, también se le aplica a los ETFs. Este es un mecanismo extraordinario para planificar a futuro sin tener en cuenta cambios fiscales que se puedan producir a corto plazo. El régimen de traspasos otorga flexibilidad a un ahorrador que va modificando su cartera adecuándola a sus circunstancias vitales y acomodándola a los riesgos que puede tomar en función de la edad.

6. Planes de pensiones

El plan de pensiones -individual, dejando a un lado el de empleo- es uno de los vehículos más populares de ahorro a largo plazo pero con una asimetría enorme entre el tratamiento fiscal de las aportaciones y el tratamiento fiscal de las prestaciones. En términos simples, Hacienda trata de forma muy favorable a las aportaciones y castiga duramente las prestaciones, sobre todo si éstas son en forma de capital. Si bien es un producto dotado de cierta flexibilidad, la incertidumbre se sitúa por el lado de un endurecimiento aún mayor de la fiscalidad a la hora de rescatarlo -eliminando paulatinamente reducciones por rendimientos irregulares como hasta la fecha han existido- y una menor desgravación por las aportaciones -actualmente en 8.000 euros anuales por partícipe-.

7. Seguros de vida y ahorro

Las rentas vitalicias y los planes de ahorro sistemático son, junto a los fondos de inversión, los productos más robustos frente a cambios fiscales. Además de la conversión en renta vitalicia del importe de venta de una vivienda, unas acciones o un fondo, el ahorro bloqueado sistemático a largo plazo permite esquivar la volatilidad fiscal con un régimen de tributación que no es probable que se modifique en el momento de cobro, basado en porcentajes sobre la anualidad correspondiente en función de la fecha. Las reducciones y exenciones a partir de los 5 años establecidas hoy seguirían minorando total o parcialmente el pago de impuestos derivado de un alza, por ejemplo, de los tipos del ahorro. Lo mismo sucede en vehículos con carcasa de seguro como los unit-linked -inversión en una cesta de fondos- o nuevos planes de ahorro a largo plazo como son los seguros individuales de vida que cubren fallecimiento e invalidez. En suma, si bien es evidente que la neutralidad fiscal no existe, sí que hay formas de escapar de posibles empeoramientos del tratamiento fiscal al ahorro que tiene que servir como complemento a la pensión pública.

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