El vicepresidente del Banco Central Europeo (BCE), junto con el presidente, pertenece a los tres órganos de gobierno del banco: Comité Ejecutivo, Consejo de Gobierno y Consejo General. El Comité Ejecutivo dirige la gestión ordinaria y lleva a la práctica la política monetaria que es definida por el Consejo de Gobierno, al que pertenecen, además de los miembros del Comité Ejecutivo, los gobernadores de los Bancos Centrales del Eurosistema. El Consejo General, sin embargo, tiene funciones menos decisivas, como los informes, estadísticas y normas para países que no forman parte del euro.
La Vicepresidencia del BCE otorga al país que la ostenta la posibilidad de duplicar su voto en el Consejo de Gobierno e incrementa su influencia en las decisiones de política monetaria. En este caso, España dispondría en muchas ocasiones del voto del gobernador, Luis María Linde y del vicepresidente, Luis de Guindos. Este es el caso de los principales países del euro, como Italia, Alemania y Francia, que disponen de representación tanto en el Comité Ejecutivo como en el Consejo de Gobierno. El Ecofin ha confirmado al ministro.
En la misma situación están Luxemburgo y Bélgica, que, aunque con menor tamaño, como países sí tienen una gran influencia financiera en la Unión Europea y un plus de representación de las diversas instituciones que la forman. España, por tanto, tendrá una situación similar a la de los principales países del euro, en consonancia con su importancia económica y financiera y participación accionarial en el BCE.
La pertenencia al Comité Ejecutivo, además, otorga representación en las decisiones que implementan las medidas concretas de política monetaria, bajo su control, al tiempo que ofrece información de primera mano sobre las posibles decisiones monetarias que se vayan estableciendo. En ausencia del presidente, el vicepresidente preside el Consejo de Gobierno, el Comité Ejecutivo y el Consejo General, y, previa designación del presidente, puede representar al BCE en el exterior.
Poderes mancomunados
Como miembro del Comité Ejecutivo, tiene poderes mancomunados con otro miembro para firmar en nombre del BCE. En cuanto a sus funciones más concretas, es responsable de las políticas de estabilidad financiera, entre las que se pueden citar la supervisión de las políticas para evitar la acumulación de riesgos en el sistema, mejorar la resistencia de las entidades financieras, promover una visión general del sistema en regulación financiera y contribuir a limitar los riesgos sistémicos y de contagio entre las entidades. Se trata de un perfil de funciones muy técnico y cercano a las entidades bancarias.
El vicepresidente tiene visibilidad mediática, a diferencia del resto de los miembros del Comité Ejecutivo, pues acompaña al presidente en las ruedas de prensa, en las que puede intervenir añadiendo comentarios a los formulados por el presidente.
Como único cargo que, junto con el presidente, pertenece a los tres órganos de Gobierno del BCE, su influencia es amplia en la organización y supera a las del resto de los miembros del Comité Ejecutivo, pudiendo votar además en el Consejo General, lo que no pueden hacer el resto de los miembros del Comité, salvo el presidente.
La Vicepresidencia del BCE es el máximo cargo al que España puede aspirar, puesto que el reparto de poderes en la composición de sus órganos de Gobierno privilegia la presencia en la Presidencia de los países con más peso económico, o un país completamente alineado con ellos. Supone un incremento sustancial de poder dentro del BCE.
Se trata de un cargo que exige exclusividad, de tal forma que no puede compatibilizarse con ningún otro, salvo autorización expresa, y su remuneración por diversos conceptos se acerca a los 350.000 euros brutos anuales. Es nombrado por ocho años no renovables y sólo puede ser separado del cargo por dejar de cumplir las condiciones exigidas o faltar gravemente a sus deberes.