br /> MADRID, 29 (EUROPA PRESS)
La Audiencia Nacional ha rechazado suspender de forma cautelar la venta del Banco Popular al Banco Santander tal y como habían solicitado varios particulares en sus recursos presentados contra la resolución del Fondo de Reestructuración Ordenada Bancaria (FROB) que ejecutó la operación.
Así lo expone la Sección Quinta de la Sala de lo Contencioso en un auto en el que rechaza las peticiones de que se anulase el acuerdo del FROB en tanto éste siguió lo acordado por la Junta Unica de Resolución (JUR), organismo europeo del sistema financiero que valoró con anterioridad la dificultad por la que atravesaba la entidad presidida por Emilio Saracho.
Por ello, los jueces exponen que una suspensión cautelar de la resolución adoptada el pasado 7 de junio por la comisión rectora del fondo de rescate consistente en la venta por el precio simbólico de un euro del POPULAR (POP.MC)al SANTANDER (SAN.MC) dejaría sin efecto la decisión del órgano europeo y precisan que los perjuicios invocados se deben residenciar en otros tribunales europeos competentes sobre la JUR.
"La paralización pretendida, incluso si se tratara de la misma venta, dejaría sin efecto la decisión de la JUR y mantendría unas circunstancias que los organismos europeos han considerado que hacen inviable la entidad y conllevan un riesgo para el interés público", reza el auto en el que se deniega la solicitud de medidas cautelares.
Relacionados
- Economía.- Anticorrupción pide investigar a expresidentes del Banco Popular Ron y Saracho por la quiebra de la entidad
- Economía/Finanzas.- Interponen la primera demanda civil contra Banco Popular por falsedad contable
- Economía.- Banco Popular, obligado a devolver 20.000 euros a un hombre aconsejado por un amigo empleado de la entidad
- Economía.- La Audiencia Nacional admite el recurso de OCU contra la resolución del FROB sobre el Banco Popular
- Economía/Finanzas.- El Banco de España asegura que Popular no presentó garantías por 40.000 millones