br /> MADRID, 30 (EUROPA PRESS)
El Tribunal Supremo ha desestimado el recurso extraordinario por infracción procesal y el recurso de casación presentados por Abanca contra una sentencia de la Audiencia Provincial de Ourense que condenó a la entidad a restituir 6.716,11 euros cobrados de más en concepto de cláusulas suelo de dos contratos hipotecarios.
El origen de la demanda se remonta a 2006 y 2007, respectivamente, cuando fueron firmados dos contratos hipotecarios con la entidad bancaria, entonces Caixanova (más tarde NCG Banco y actualmente Abanca).
Los demandantes solicitaban la restitución de las cantidades cobradas en concepto de cláusula suelo, que ascendían a 3.268,71 euros y 3.447,4 euros, respectivamente, así como el interés legal del dinero y las costas del juicio, al considerar que las cláusulas suelo de sus contratos tenían un carácter de "abusivas".
El Juzgado de Primera Instancia número 4 de Ourense condenó en 2012 a la entidad a restituir tales cantidades a los demandantes, a anular las cláusulas suelo incluidas en los contratos y a recalcular los cuadros de amortización de los préstamos hipotecarios. NCG Banco presentó posteriormente un recurso de apelación que fue desestimado por la Audiencia Provincial de Ourense en 2014.
Tras la desestimación de este recurso, el banco interpuso un recurso extraordinario por infracción procesal y un recurso de casación ante la Audiencia Provincial de Ourense alegando infracciones a la Ley de Enjuiciamiento Civil, a la Constitución, a la doctrina jurisprudencial y al Código Civil.
La Audiencia Provincial remitió entonces las actuaciones a la Sala Primera del Tribunal Supremo, que finalmente ha desestimado ambos recursos.
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