
El Pleno del Tribunal Constitucional (TC) ha estimado este jueves parcialmente los recursos presentados contra la Ley de Igualdad catalana, ya que alguno de sus artículos invaden competencias estatales en materia de legislación laboral.
Entre los artículos anulados por inconstitucionales se encuentran los que regulaban el acoso en las empresas, los que se referían a los planes de igualdad en los centros de trabajo y los que aludían a la figura del responsable sindical de igualdad.