La Comisión del Mercado de Telecomunicaciones (CMT) ha advertido al Ministerio de Industria de que el objetivo de universalización de banda ancha asociado al proceso de licitación de espectro que obliga a los operadores adjudicatarios a compromisos de cobertura "adolece de algunas lagunas".
MADRID, 5 (EUROPA PRESS)
En concreto, el órgano regulador de telecomunicaciones se refiere a la obligación que establece que los operadores adjudicatarios que dispongan de 10 Megahercios (MHz) pareados en la banda de 800 MHz deberán proporcionar "conjuntamente", antes del 1 de enero de 2020, una cobertura que permita el acceso a una velocidad de al menos 30 megabits por segundo (Mbps) al 90% de los ciudadanos de poblaciones de menos de 5.000 habitantes.
La CMT considera en este sentido que, si bien esta cláusula cumple en "términos generales" con los criterios de universalización, todos los operadores sobre los que recae la obligación deben alcanzar dicha cobertura mediante el uso de las frecuencias que les son asignadas, sin perjuicio de que los operadores puedan acudir a los acuerdos de compartición de infraestructuras o red que consideren oportunos.
Asimismo, el organismo presidido por Reinaldo Rodríguez aconseja a Industria que limite la cláusula de explotación conjunta del espectro radioeléctrico por parte de los operadores a aquellos con pocos recursos espectrales o a los nuevos entrantes.
El órgano regulador de telecomunicaciones precisa que una medida propuesta para favorecer a los operadores que dispongan de menos espectro no debería ser aplicada a los que ya disponen de recursos espectrales importantes y, en particular, a los que ya han alcanzado los límites máximos de espectro previstos en el pliego.
La CMT explicó que las tecnologías inalámbricas permiten el uso de grandes bloques de espectro con la finalidad de ofrecer mayores velocidades, ya que la velocidad disponible es proporcional a la cantidad de espectro disponible.
"Dado que la velocidad es una cuestión cada vez más importante para los operadores de sistemas inalámbricos, el hecho de disponer de pocos recursos espectrales representa una desventaja competitiva", indicó la CMT, que añadió que por esta razón la medida es "necesaria" para que los operadores con pocos recursos espectrales puedan utilizarlo de manera eficiente y ofrecer ofertas competitivas.
CANTIDAD MÍNIMA PARA OPERAR
Asimismo, la CMT recuerda que es necesario introducir un mecanismo en el proceso de subasta de espectro que permita a los operadores asegurarse de la obtención de una cantidad mínima para operar. De esta forma, si un operador no lograra dicha cantidad quedaría automáticamente excluido de la subasta y no estaría obligado a obtener los bloque por los que hubiera realizado la puja máxima.
Esta cláusula sería importante, según la CMT, para los nuevos entrantes que necesiten de una cantidad de espectro mínima para desplegar los servicios previstos y evitaría que corrieran el riesgo de obtener una cantidad de espectro insuficiente.
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