Economía

El Banco de España recomienda a los usuarios cerrar sus cuentas si ya no las utilizan

Foto: Dreamstime.

Las personas que tienen cuentas bancarias inactivas no pierden sus obligaciones para con el banco y como ciudadanos. De hecho, si esa inactividad se mantiene en el tiempo sus propietarios se exponen incluso a perder la titularidad de las mismas y el dinero que puedan contener.

Parece mentira, pero es real. El Banco de España ha informado en su blog de que "una cuenta se considera legalmente inactiva cuando no ha registrado movimientos durante 20 años consecutivos". Entre esos movimientos se encuentran las transferencias, ingresos, los pagos o cualquier operación bancaria.

En el caso de que una cuenta vaya a pasar a la consideración de inactiva, la entidad bancaria correspondiente ha de avisar al cliente con al menos tres meses de antelación. "El banco debe comprobar, con la información de la que dispone, si hay titulares, vivos o herederos, a los que debe notificar el vencimiento del plazo de la cuenta sin movimientos", informa el Banco de España.

"Si no hay respuesta o reclamación, los fondos se transfieren al Tesoro Público. Esto se hace para prevenir el blanqueo de capitales y el fraude fiscal y evitar que los fondos se pierdan", prosigue el organismo.

El Banco de España relata lo recogido en la Ley 33/2003, de 3 de noviembre, del Patrimonio de las Administraciones Públicas. Su artículo 18 (puede consultarla en este enlace) explica que "los saldos de cuentas corrientes, libretas de ahorro u otros instrumentos similares" corresponderán a la Administración General del Estado cuando en esas cuentas "no se haya practicado gestión alguna por los interesados que implique el ejercicio de su derecho de propiedad en el plazo de veinte años".

La misma ley establece que el dinero que se obtenga de esas cuentas se destinará "a financiar programas dirigidos a promover la mejora de las condiciones educativas de las personas con discapacidad, así como a extender la accesibilidad universal de los entornos, bienes, servicios y procesos".

Dejar una cuenta a cero no es cancelarla

Por todo esto, el Banco de España recomienda a los clientes que si desean cancelar una cuenta bancaria no la dejan inactiva sin más. "No caduca, así sin más, si dejamos de utilizarla. Cuando ya no deseemos utilizar una cuenta bancaria, es necesario cancelarla formalmente", detalla el organismo.

El Banco de España Dejarla explica que dejar la cuenta a cero no es lo mismo que cancelarla y que, de hecho, "no se cancela automáticamente por no tener saldo".

"La cancelación es un acto formal, tanto si se deriva de una decisión del cliente o de la entidad. De lo contrario, la cuenta seguirá abierta y continuará generando las comisiones y obligaciones previstas en el contrato", sentencia el organismo.

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