Economía

Un matrimonio malagueño es perdonado de casi 80.000 euros de deuda: han salido del pozo tras siete años de batalla

Un matrimonio consigue exonerar su deuda. / Foto: iStock

A veces, el administrador concursal, aunque actúa de forma independiente, se puede equivocar. Es lo que ha pasado con un matrimonio de Málaga, que ha conseguido cancelar una deuda que ascendía a casi 80.000 euros, tras siete años de lucha y la aplicación de la Ley de la Segunda Oportunidad, gracias a la que se ha obtenido una resolución favorable para los protagonistas de esta historia.

Esta resolución favorable fue dictada recientemente por el Juzgado de lo Mercantil nº 1 de Málaga, la cual se produjo tras el pronunciamiento previo de la Audiencia Provincial, que reconoció la buena fe de los deudores frente a la calificación culpable emitida por la administración concursal.

Siete años de batalla

El proceso no ha estado exento de dificultades. El concurso de acreedores, iniciado hace más de siete años, se vio marcado por una valoración negativa por parte del administrador concursal, quien consideró que los deudores actuaron de forma contraria a derecho al haber abonado un aplazamiento con la Agencia Tributaria sin autorización previa y al darse de alta en el régimen de autónomos sin el consentimiento del órgano concursal.

Sin embargo, la defensa jurídica ejercida por la Asociación Ayuda al Endeudamiento permitió recurrir esta calificación ante la Audiencia Provincial de Málaga, que terminó dando la razón a los deudores. El tribunal concluyó que no existía voluntad de perjudicar a los acreedores ni ánimo fraudulento, y que los actos cuestionados respondían a la necesidad de mantener cierta actividad económica para subsistir en un contexto ya de por sí precario.

La historia del matrimonio es la de tantas familias golpeadas por las consecuencias de la crisis de 2008. El esposo, profesional del sector de la construcción, vio cómo su campo desaparecía prácticamente de un día para otro, perdiendo estabilidad laboral durante años. Por su parte, la esposa nunca logró acceder a un empleo continuado, dedicando su tiempo a la crianza de cuatro hijos en un contexto económico cada vez más difícil. Durante años, hicieron frente como pudieron a sus obligaciones, pero finalmente se vieron obligados a acogerse al mecanismo de segunda oportunidad.

Un final feliz

Uno de los aspectos más destacables del caso es que, gracias a la resolución final, han podido conservar sus vehículos, al ser considerados imprescindibles para su movilidad personal y profesional, y al no disponer de otros bienes relevantes que liquidar.

Además, este caso pone de manifiesto que las decisiones de la administración concursal no son inapelables y que los juzgados tienen la última palabra. Tal y como señala el abogado Pepe Domínguez, responsable del caso desde la Asociación Ayuda al Endeudamiento:

"Aunque la administración concursal actúe con independencia, puede equivocarse en sus valoraciones o adoptar una interpretación demasiado estricta. Este caso demuestra que recurrir y defender la buena fe del deudor puede revertir por completo el desenlace de un procedimiento".
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