
La reducción de la jornada laboral a 37,5 horas semanales es uno de los proyectos estrella del Gobierno y actualmente se encuentra en fase parlamentaria, a la espera de que el Ejecutivo consiga los apoyos necesarios para sacar adelante una medida que tendrá muchísimos efectos para los trabajadores.
Una de las preguntas que se hacen los trabajadores es si esto afectará a lo que se denomina de forma coloquial como 'pausa del café', ese pequeño parón que los empleados hacen durante la jornada laboral y que, si bien se conoce con ese nombre, puede ser aprovechado para cualquier cosa, incluso simplemente para descansar.
Esta 'pausa del café' aparece regulada en el artículo 34 del Estatuto de los Trabajadores (puede consultarse en este enlace), que la cuantifica en al menos 15 minutos para los trabajadores mayores de edad siempre que su jornada llegue a las seis horas y en al menos 30 minutos para los trabajadores menores de edad con una jornada de al menos cuatro horas y media.
En ese punto también se recoge la clave que habrá que tener en cuenta de cara a la reducción de jornada: si habrá que recuperar o no ese tiempo de descanso, que en ocasiones es un derecho adquirido por los trabajadores (existen sentencias recientes al respecto) pero que en todo caso ha de quedar definido de forma clara.
Lo que dice el Estatuto es que "este periodo de descanso se considerará tiempo de trabajo efectivo cuando así esté establecido o se establezca por convenio colectivo o contrato de trabajo", por lo que efectivamente habrá que atender a esto cuando entre en vigor la reducción de jornada si se aprueba finalmente.
De esta forma, el trabajador debe saber cuál será la respuesta de su empresa a la reducción de la jornada y si se verá reflejada en modificaciones en el convenio colectivo o en el contrato. En ese caso, tendrá que comprobar si con motivo de la reducción de jornada también hay cambios en el periodo de descanso.
Nuevo registro horario
Otra de las incógnitas será la de cómo reflejar en el nuevo registro horario este tiempo de la 'pausa del café'. Junto a la reducción de la jornada el Ministerio de Trabajo pretende sacar adelante un nuevo registro horario dejando atrás los registros de papel y pasando a uno automático.
La idea del departamento que dirige Yolanda Díaz es que los trabajadores puedan acceder al registro de forma autónoma y que la Inspección de Trabajo pueda entrar también a esos registros para vigilar el correcto funcionamiento del mismo.
Todo dependerá de lo que quede acordado en el convenio colectivo o el contrato de trabajo: si el descanso se cuenta como tiempo efectivo trabajado no habrá que reflejarlo en el registro. En cambio, si esos periodos se han de recuperar, la pausa tendrá que registrarse.