
España se alza ya por tercer año consecutivo como uno de los países desarrollados que más grava la propiedad privada dentro del conjunto de la Organización para la Cooperación y el Desarrollo Económico (OCDE). Solamente le supera Italia en presión fiscal.
Esto se debe a que las reformas tributarias de la última legislatura hicieron que nuestro país pasase de ocupar el puesto 33 en 2020 en el ranking de impuestos a la propiedad del Índice de Competitividad Fiscal Internacional, elaborado por Tax Foundation, a ostentar el número 37 en 2022 y así se mantuvo durante el año pasado, lo que implica un retroceso de cuatro puestos en solo dos años según la clasificación del prestigioso laboratorio de ideas de EEUU.
Los expertos del think tank norteamericano analizan, miden y comparan la base imponible y el conjunto de impuestos que están vigentes dentro de la ley fiscal española que atañen a la actividad inmobiliaria. Al mismo tiempo, realizan una investigación sobre otro tipo de gravámenes que se aplican indirectamente sobre las propiedades, como es el caso del impuesto sobre el patrimonio.
En el caso de España, son varios los componentes que la relegan a la penúltima posición del listado. Entre la lista de gravámenes a la vivienda destaca la influencia del Impuesto de Sucesiones y Donaciones y el Impuesto sobre el Patrimonio; a los que se suman los impuestos de transferencias de propiedad, gravámenes sobre activos corporativos, los derechos de capital o los impuestos de transacciones financieras en la adquisición.
La economista de Tax Foundation, Cristina Enache, asegura que en los últimos años, "muchos países desarrollados han derogado sus impuestos sobre el patrimonio neto". Entre los países de la OCDE, "solo cuatro imponen actualmente uno: Colombia, Noruega, España y Suiza", informó.
La experta cuestiona la eficiencia de este tipo de gravámenes y aseguró que "generan pocos ingresos, generan altos costos administrativos e inducen la salida de personas ricas y su dinero. Muchos responsables de las políticas también han reconocido que los altos impuestos sobre el capital y el patrimonio perjudican el crecimiento económico."
El presidente y CEO de Tax Foundation, Daniel Bunn recalca en el informe que España tiene múltiples impuestos "distorsionadores" sobre la propiedad. Una larga lista de "impuestos separados sobre transferencias inmobiliarias, patrimonio neto, propiedades y transacciones financieras".
En concreto, la lista de impuestos española que gravan de lleno la vivienda es la más larga de todos los países de la OCDE. Los inmuebles están gravados por el Impuesto sobre la Renta imputado al propietario para segundas viviendas, Impuesto sobre el Patrimonio, Impuesto sobre la Renta a los No Residentes por el alquiler, Impuesto anual sobre Bienes Inmuebles (IBI), Impuesto sobre Sucesiones y Donaciones, el Impuesto sobre Transmisiones Patrimoniales, y el Impuesto sobre el Incremento de Valor de Terrenos de Naturaleza Urbana, que comúnmente se conoce como la plusvalía municipal.
Son las haciendas autonómicas las que bonifican el impuesto sobre el patrimonio, como es el caso de Madrid o Andalucía, que bonificaban el 100%. En el caso de Galicia, Asturias, Aragón, Cataluña y Baleares, bonifican hasta el 50%.
Pero hay que tener en cuenta que, aunque este gravamen dependa de las autonomías, hay una serie de claves a nivel estatal que regulan el cálculo del tributo. Así, la exención de 300.000 euros se aplica a la vivienda habitual; hay un mínimo exento para los contribuyentes residentes como para los no residentes y todos están obligados a presentar la declaración para los sujetos pasivos cuya cuota tributara sea el resultado de ingresar o, no saliente da ingresar, si el valor de dichos bienes y derechos supera los dos millones de euros. Al mismo tiempo, se aplicaría una exención a los negocios familiares y las participaciones en entidades que tengan dicha calificación.
El Gobierno está promoviendo el denominado "impuesto de solidaridad", es decir, un gravamen temporal que afectará a los contribuyentes cuya riqueza neta supere los tres millones de euros. Todo esto con el objetivo de que las autonomías no repitan patrones de comportamiento y empiecen a bonificar el impuesto sobre patrimonio.
En 2023, los gobiernos de Madrid, Andalucía y Galicia recurrieron el nuevo "impuesto solidario" ante el Tribunal Constitucional.
El de Donaciones y Sucesiones, cada Comunidad Autónoma tiene también sus propias bonificaciones. Este impuesto está regulado por la Ley 29/1987 que establece un porcentaje que va del 8,65% al 34%. Pero luego hay que aplicarle la bonificación autonómica.
Madrid desde 2017 el cónyuge y los parientes directos del fallecido bonifican al 99%. En el caso de los hermanos, la bonificación es del 15% y para tíos y sobrinos el descuento autonómico es del 10%.
Otra autonomía que bonifica entre el 80% y el 100% según el grado de parentesco es Castilla-La Mancha. El Principado de Asturias, por su parte, aplica una bonificación del 100% al impuesto de sucesiones si los herederos reciben menos de 300.000 euros y la bonificación puede llegar al entorno del 95% en el caso que se hereden explotaciones agrarias o afines.
Aragón contempla también bonificaciones del 100% del impuesto para el cónyuge o hijo menor de edad si el patrimonio de la donación no excede de 100.000 euros y el importe de la reducción no supera los 75.000 euros. A los hijos que reciban la entrada para un piso por parte de sus padres para la vivienda habitual, el fisco aragonés también lo bonifica al 100%.
Cantabria tiene una bonificación del 100% para hijos y cónyuges se superan los 100.000 euros. Si fuese inferior, la bonificación estaría en torno al 90%. En el caso de Extremadura y la Región de Murcia, la bonificación es del 99% para descendientes y cónyuges. En el caso de las Islas Baleares, se está trabajando en una rebaja de casi el 50% para hermanos y sobrinos.
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