
Cuando una persona pierde su trabajo ha de inscribirse como demandante de empleo en el Servicio Público de Empleo Estatal (SEPE) y solicitar alguna de las prestaciones o subsidios que gestiona el organismo de forma directa.
En la mente de todos los trabajadores se encuentra el cobro del paro, la prestación contributiva por desempleo. Esto se debe a que es la que más cuantía otorga a sus beneficiarios, algo clave en un contexto de recursos reducidos tras la pérdida de la principal fuente de ingresos el salario.
El problema es que para cobrar el paro es obligatorio acreditar ciertos requisitos, de entre los cuales destaca por encima de todos la cotización. En el caso de no poder cobrar el paro, el ciudadano ha de solicitar un subsidio por desempleo.
El SEPE ha explicado en su perfil de la red social X (antes Twitter) las claves para que todo el mundo sepa si, tras quedarse sin trabajo, puede cobrar el paro o bien uno de los subsidios por desempleo que gestiona. La clave se encuentra en las cotizaciones.
El organismo asegura que "si has trabajado más de un año puedes solicitar una prestación contributiva por desempleo", pero que "si has trabajado menos de un año puedes solicitar un subsidio por desempleo". Eso sí, para ello hay que cumplir el resto de requisitos.
Requisitos para cobrar el paro
El SEPE los explica en este enlace de su página web:
- Estar afiliado y en situación de alta o asimilada al alta en la Seguridad Social.
- Estar en una situación legal de desempleo (el SEPE recoge todos los casos en este enlace) y no rechazar ofertas de colocación adecuadas.
- Estar inscrito como demandante de empleo (así puede conseguirse la demanda de empleo).
- Haber trabajado al menos 360 días dentro de los seis años anteriores a la situación legal de desempleo o momento en el que cesase la obligación de cotizar.
- No tener la edad ordinaria de jubilación.
- No realizar una actividad por cuenta propia o ajena a tiempo completo.
- No cobrar una pensión de la Seguridad Social que sea incompatible con el trabajo.
Cuantía del paro
La cuantía del paro es del 70% de la base reguladora del trabajador durante los primeros seis meses. A partir del día 181 de cobro se percibe el 60% de la base reguladora. Esta base se compone de la media "de las bases de cotización a la Seguridad Social por contingencias profesionales, durante los 180 últimos días cotizados, sin tener en cuenta las horas extraordinarias".
Duración del paro
La duración del cobro de la prestación depende del tiempo cotizado por el trabajador en los seis años anteriores a la situación legal de desempleo, según recoge el artículo 269 de la Ley General de la Seguridad Social (que puede consultar en este enlace).
El periodo mínimo de cobro son cuatro meses (por un año cotizado) y el máximo son dos años (por seis años cotizados): en este enlace puede comprobar a qué paro tiene derecho en función de los años cotizados en concepto de desempleo.
Requisitos para cobrar el subsidio por desempleo
El SEPE también los incluye en su página web. Son los siguientes:
- Estar desempleado y en situación legal de desempleo.
- Estar inscrito como demandante de empleo y suscribir el compromiso de actividad.
- Una cotización de al menos tres meses en el caso de tener responsabilidades familiares y una de seis meses si no se tienen esas responsabilidades familiares.
- No acreditar ingresos superiores al 75% del Salario Mínimo Interprofesional (SMI), excluida la parte proporcional de dos pagas extraordinarias.
Cuantía del subsidio por desempleo
La cuantía de esta ayuda a nivel asistencial no difiere de la del resto de subsidios: es del 80% del IPREM, el Indicador Público de Renta de Efectos Múltiples. Esta cifra en 2024 es de 480 euros mensuales.
Duración del subsidio por desempleo
El SEPE informa de que la duración de este subsidio depende "del número de meses cotizados y de si tienes o no responsabilidades familiares". Existen dos grandes categorías:
- Para las personas con responsabilidades familiares: la duración es de tres, cuatro o cinco meses si se cotizan tres, cuatro o cinco meses. En el caso de cotizar seis meses o más la duración del subsidio es de 21 meses en periodos prorrogables de seis meses.
- Para las personas sin responsabilidades familiares: la duración es de seis meses.