
La transmisión de cualquier herencia obliga a la persona receptora de los bienes que pasan a su patrimonio el pago del Impuesto sobre Sucesiones, uno de los trámites indispensables para poder cobrar las herencias y un paso que no debería suponerle problemas a los herederos porque pueden hacerlo incluso con el dinero de la propia herencia.
Lo cierto es que Hacienda permite a los herederos hacer uso del dinero de la herencia que van a recibir para hacer frente al pago del Impuesto sobre Sucesiones, una especie de adelanto de ese dinero que posteriormente van a cobrar con el objetivo de desbloquear la herencia.
Lo deja claro el artículo 80 del reglamento del tributo (puede consultarlo en este enlace), que reconoce la autorización a las entidades financieras para que puedan "enajenar valores depositados en las mismas a nombre del causante y, con cargo a su importe, o al saldo a favor de aquél en cuentas de cualquier tipo, librar los correspondientes talones a nombre del Tesoro Público por el exacto importe" de la liquidación del impuesto.
Lo que dice el Banco de España
Es un mecanismo cuyo funcionamiento también detalla el Banco de España en su página web. El organismo corrobora que la "normativa permite que las entidades autoricen la disposición de fondos de la propia cuenta del cliente fallecido para su abono" y que lo único que debe hacer el interesado es pedirlo en la entidad correspondiente.
En el momento de pedir ese adelanto, el heredero debe adjuntar varios documentos: el certificado de defunción del causante, el certificado del Registro de Actos de Última Voluntad y una copia autorizada del último testamento o de la declaración de herederos abintestato si no existen las últimas voluntades.
"Una vez presentada la solicitud, la entidad emitirá, a cargo de los bienes del causante, un cheque a nombre de la Agencia Tributaria o de la Consejería de Hacienda de la CCAA que corresponda con el exclusivo fin del pago de dicho impuesto", resume el banco central español.
¿Es obligatorio pagar el Impuesto sobre Sucesiones para recibir una herencia?
Rotundamente sí. El reglamento del impuesto lo repite por activa y por pasiva. Primero, en su artículo 1, que especifica que la finalidad del tributo es gravar "los incrementos de patrimonio obtenidos a título lucrativo por personas físicas".
Después, el artículo 17 cita que la obligatoriedad de declarar se sitúa en "los contribuyentes que tengan su residencia habitual en España se les exigirá el Impuesto por obligación personal por la totalidad de los bienes y derechos que adquieran, con independencia de donde se encuentren situados o del domicilio o residencia de la persona o entidad pagadora".
Cuánto tiempo hay para pagar el Impuesto sobre Sucesiones
El reglamento indica que el heredero tiene un plazo de seis meses para pagar el Impuesto sobre Sucesiones en el caso que nos ocupa, el de adquisiciones por causa de muerte.
En estos casos, explica el reglamento, este plazo de seis meses empieza a contar "desde el día del fallecimiento del causante o desde aquel en que adquiera firmeza la declaración de fallecimiento",