Economía

Este es el número límite de monedas que puedes usar para pagar en un banco

  • El Banco de España informa de que existen límites marcados por la normativa
  • Si el banco aceptar superar el límite, puede haber regulaciones extra
Foto: Canva.

Pagar con dinero en efectivo aún es común, aunque los métodos de pago sin contacto proliferan por doquier. Esto, aplicable para las tiendas o establecimientos, lo es también para los bancos, en los que en ocasiones tenemos que realizar el pago de facturas. En estas situaciones, sin embargo, hay que respetar los límites que marca la ley.

Porque, aunque parezca mentira, existe un límite para las monedas que se pueden usar al pagar una factura o ingresar dinero en un banco. Lo establece el reglamento 2169/2005 de la Unión Europea, que deja claro que "excepto la autoridad emisora y las personas designadas específicamente por la legislación nacional del Estado miembro emisor, ninguna parte estará obligada a aceptar más de 50 monedas en un único pago".

El Banco de España explica en su página web que esto se debe a que "el recuento de grandes sumas podría retrasar la atención al resto de sus clientes".

Esto cambia en alguna circunstancia en la que el pago es de impuestos, ya que la ser actividades delegadas de caja pública no se puede obligar a los ciudadanos a aceptar ese límite de monedas con el que realizar el pago.

Si el banco decide aceptar un número mayor de monedas, "debe facilitarte un resguardo en el que figure la cantidad entregada", informa el Banco de España. Y si, al recoger ese dinero, la entidad no realiza el recuento, "en ese resguardo se deberá indicar también que el abono en tu cuenta está condicionado a un recuento posterior, por si hubiera discrepancia, y el plazo para que sea efectivo".

En otra publicación en su página web, el Banco de España explicaba que la aceptación de más de 50 monedas puede recogerse en los contratos firmados por el banco con sus clientes, aunque en esos casos:

  • Si hay diferencias entre el importe declarado y el resultante del recuento, prevalece este último, salvo que las partes firmantes del contrato hayan acordado otra cosa distinta.
  • Se facilitan blísteres o cartuchos a los clientes para facilitar el recuento de las monedas.
  • Se ofrecen servicios especiales de gestión integral de efectivo, entre los que se "la recogida y/o entrega de efectivo a domicilio mediante transporte blindado, recuento, empaquetado y transformación de efectivo".
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