Economía

Los funcionarios piden "no generar falsas expectativas" tras la sentencia europea que insta a hacer fijos a miles de interinos

Ep.

El Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TJUE) publicó este jueves una resolución por la que insta a España a convertir en fijos a los interinos de larga duración que no han obtenido aún su plaza, los denominados indefinidos no fijos. Pero, ¿qué implicaciones tiene? La Central Sindical Independiente y de Funcionarios (CSIF) recomienda "prudencia" y no generar "falsas expectativas a corto plazo", ya que la sentencia afecta solo a tres casos judicializados.

"Tal y como hemos venido denunciando, los procesos selectivos realizados en el pasado no han sido garantía para la estabilización del empleo público, por su lentitud y porque en muchos casos ni siquiera se han llegado a ejecutar. Las medidas disuasorias tampoco han sido efectivas", lamenta el sindicato en un comunicado, en el que exigió "endurecer la responsabilidad de las administraciones que no cumplan y eliminar de una vez la tasa de reposición".

Además hay que recordar que la sentencia establece que son los tribunales españoles los que tienen la posibilidad de modificar la jurisprudencia para atender situaciones como las de los tres casos de personal laboral indefinido no fijo analizados por el TJUE. En este caso correspondería al Tribunal Superior de Justicia de Madrid.

Desde el Gobierno también llaman a la calma. El ministro de Transformación Digital y Función Pública, José Luis Escrivá, ha indicado que se ha hecho "una interpretación muy extensiva" de la sentencia, una interpretación que "no parece que esté justificada". Escrivá pidió esperar a que los tribunales españoles interpreten la sentencia. El ministro ha recordado que la sentencia "se refiere a unos casos concretos y en un ámbito concreto", con lo que "se ha hecho una interpretación muy extensiva de esa sentencia y no parece que esté justificada cuando lo ve uno desde un lado especializado".

Con todo para entender la problemática quizás ayude conocer algunas de las claves de la sentencia:

1.- Qué es un indefinido no fijo

Es una categoría dentro del personal laboral donde, según recoge el Estatuto Básico del Empleado Público, puede haber fijos, empleados por tiempo indefinido o temporal. En la práctica, indica Efe, viene a ser alguien que no ha obtenido la plaza por oposición pero que, al llevar mucho tiempo encadenando contratos temporales, obtiene la condición de indefinido aunque no de fijo por no tener aún esa plaza "en propiedad", según explican fuentes jurídicas.

El TJUE señala para empezar que estos indefinidos no fijos deben considerarse trabajadores de duración determinada, es decir temporales, e incide en que han sido las administraciones públicas las que no han convocado las plazas en plazo y forma para solventar esta situación.

2.- Cuántos empleados públicos puede haber en esta situación

Unos 800.000 empleados públicos españoles pueden estar en esta situación, según Navas & Cusí, que es el despacho que presentó una queja ante la Comisión Europea en julio de 2021 en nombre de Empleados Públicos en Abuso (EPA).

La cifra definitiva dependerá de los que se encuentren en esta situación tras los procesos de consolidación de plazas puestos en marcha por el Gobierno. Una parte importante de estos casos se dan en sanidad y educación, ámbitos dependientes de las Comunidades Autónomas.

De hecho, la respuesta del TJUE llega a preguntas del Tribunal Superior de Justicia de Madrid sobre litigios de trabajadores de la Comunidad de Madrid, la Universidad Nacional de Educación a Distancia (UNED) y la Agencia Madrileña de Atención Social. Se trata de empleados que enlazaron durante muchos años contratos temporales sucesivos porque no se convocaron las plazas para cubrir esos puestos de manera permanente, explican.

3.- Qué dice la resolución del TJUE

El TJUE considera que las indemnizaciones establecidas en España para hacer frente al despido de este tipo de personal laboral son insuficientes y pide medidas para evitar el uso abusivo de esta figura, que considera temporal, para satisfacer necesidades permanentes y estables en materia de personal.

Así, y aunque reconoce que la resolución concreta depende de los tribunales españoles, resuelve que a falta de medidas adecuadas en el derecho nacional para prevenir y, en su caso, sancionar, los abusos derivados de la utilización sucesiva de contratos temporales (...) "la conversión de esos contratos temporales en contratos fijos puede constituir tal medida".

4.- ¿Qué está haciendo el Gobierno para abordar esta situación?

El Gobierno aprobó en 2021 la ley de medidas urgentes para la reducción de la temporalidad en el empleo público tras un acuerdo con los principales sindicatos de función pública con el objetivo de atajar la elevada tasa de temporalidad. El objetivo es dejar esa tasa, que ronda el 30% fundamentalmente por el peso de temporales comunidades y ayuntamientos, en el 8%.

Para ello, se estableció que las Administraciones Públicas deberían ofertar, antes del 1 de junio de 2022, las plazas de trabajadores temporales ocupadas y que los procesos selectivos para cubrir esas plazas deberían estar finalizados antes del 31 de diciembre de 2024.

Tras conocerse la resolución, Función Pública ha señalado que está estudiando el contenido y ha apuntado que respecto al compromiso adquirido de reducir 300.000 plazas temporales antes de finales de 2024, ya se ha cumplido el 75% de ese compromiso, es decir 225.000.

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