
Si una persona se queda sin empleo puede recurrir a la prestación más destacada de todas las que gestiona el Servicio Público de Empleo Estatal (SEPE): el paro. Sin embargo, no todas las personas pueden percibir esta prestación y no todas de las que tienen derecho a ella lo hacen por el mismo tiempo.
Todo se debe a que el paro es una prestación contributiva por desempleo. Esto quiere decir que solo se cobra cuando los trabajadores han acumulado determinadas cotizaciones en el periodo anterior a la situación legal de desempleo. Así funciona, muy resumidamente, el acceso a las pensiones contributivas de la Seguridad Social.
Sin embargo, en el caso del paro la cotización también marca el tiempo durante el que se cobra la prestación. A más cotización, más tiempo de paro. Eso sí, siempre con el límite de dos años, que es el periodo máximo durante el que se puede cobrar esta prestación contributiva por desempleo.
Es por eso que, cuando una persona se queda sin trabajo, siempre aspira no solo a cobrar el paro, sino a cobrarlo hasta un total de dos años, un tiempo considerado suficiente para buscar un nuevo empleo o incluso ponerse a estudiar con la suficiente cobertura económica.
Cómo cobrar dos años de paro: cuánto hay que cotizar
El artículo 269 de la Ley General de la Seguridad Social (puede consultarse en este enlace del Boletín Oficial del Estado) deja claro que la duración del cobro del paro "estará en función de los períodos de ocupación cotizada en los seis años anteriores a la situación legal de desempleo o al momento en que cesó la obligación de cotizar".
La ley también informa de que la duración máxima del paro es de 720 días, es decir, dos años. Es el tiempo máximo que se puede cobrar la prestación contributiva por desempleo y solo se consigue si se cotizan 2.160 días dentro de los seis años anteriores. O lo que es lo mismo: solo se cobran dos años de paro si se han cotizado de forma íntegra los seis años anteriores.
Hay que recordar que la cotización a la que se refiere la Seguridad Social es la cotización por desempleo, que supone un 5,5% de la base de cotización en lo que respecta a la aportación empresarial y un 1,55% de la base de cotización de la aportación de los trabajadores.
Si los trabajadores han cotizado menos de esos 2.160 días tendrán derecho al cobro del paro, pero lógicamente durante menos tiempo. Esta es la escala completa, partiendo desde el tiempo mínimo que hay cotizar para poder cobrar el paro, un año:
-Con una cotización de entre 360 días y 539 días se consiguen cuatro meses de paro.
-Con una cotización de entre 540 y 719 días se consiguen seis meses de paro.
-Con una cotización de entre 720 y 899 días se consiguen ocho meses de paro.
-Con una cotización de entre 900 y 1.079 días se consiguen 10 meses de paro.
-Con una cotización de entre 1.080 y 1.259 días se consiguen 12 meses de paro.
-Con una cotización de entre 1.260 y 1.439 días se consiguen 14 meses de paro.
-Con una cotización de entre 1.440 y 1.619 días se consiguen 16 meses de paro.
-Con una cotización de entre 1.620 y 1.799 días se consiguen 18 meses de paro.
-Con una cotización de entre 1.800 y 1.979 días se consiguen 20 meses de paro.
-Con una cotización de entre 1.980 y 2.159 días se consiguen 22 meses de paro.
Cuánto se cobra con el paro
Tal y como explica el SEPE (Servicio Público de Empleo Estatal) en su página web, la cuantía del paro es del 70% de la base reguladora del trabajador durante los primeros 180 días de cobro y del 60% de la base reguladora a partir del día 181 de cobro y hasta la finalización de la prestación.
La base reguladora se compone de la media "de las bases de cotización a la Seguridad Social por contingencias profesionales, durante los 180 últimos días cotizados, sin tener en cuenta las horas extraordinarias".