
La implantación real del Ingreso Mínimo Vital es objeto de debate entre diferentes actores económicos. La medida, que fue aprobada a mediados de 2020, llega en la actualidad a 1,86 millones de beneficiarios (datos de la Seguridad Social), pero las críticas sobre los trámites, accesibilidad y revisiones de esta renta garantizada tienen lugar con asiduidad.
Uno de los últimos organismos en hacerlo ha sido la Autoridad Independiente de Responsabilidad Fiscal (Airef), en la que trabajó el actual ministro de Inclusión, Seguridad Social y Migraciones, José Luis Escrivá. La Airef, que redujo el número de hogares afectados por el IMV a 284.000 (frente a los 646.000 que estima la Seguridad Social), ha llamado la atención sobre las revisiones que ha hecho el Estado y que han hecho perder a miles de personas la renta garantizada.
En su informe sobre el Ingreso Mínimo Vital (que se puede consultar en este enlace), el organismo calcula que un total de 47.932 hogares perdieron el Ingreso Mínimo Vital como consecuencia de una revisión por parte de la Seguridad Social.
La Airef detalla que en junio de 2022 esos hogares cobraban la renta garantizada y que, tras una revisión de la Seguridad Social, ya no aparecen como dados de alta en el cobro del Ingreso Mínimo Vital, lo que significa que perdieron la renta garantizada a consecuencia de esa revisión.
Estas revisiones que implicaron la baja en el Ingreso Mínimo Vital implicaron cantidades no percibidas o indebidamente percibidas (que obligarían a los antiguos beneficiarios a devolver el dinero a la Seguridad Social) "que en mediana se sitúan en los 2.500 euros", explica la Airef.
Por qué revisa la Seguridad Social el Ingreso Mínimo Vital
La razón de estas revisiones que provocan bajas de Ingreso Mínimo Vital a posteriori se deben, según explica la Airef, a los retrasos de la Seguridad Social en comprobar los datos fiscales de las personas beneficiarias de esta renta garantizada.
"Los datos definitivos sobre renta y patrimonio del ejercicio anterior no se encuentran disponibles hasta bastante avanzado el año en curso, y siempre una vez finaliza la campaña de renta, lo que genera revisiones de las nóminas percibidas de IMV por parte de los beneficiarios", asevera la Airef.
El organismo sentencia que" hasta el último trimestre del año" la Seguridad Social no puede cruzar sus datos con los de los ficheros de la Agencia Tributaria "para verificar el cumplimiento definitivo de los requisitos de rentas y patrimonio del ejercicio", por lo que hasta ese momento no se inicia "el procedimiento de ajuste y reclamación de los importes de la prestación y se procede a dar de baja la prestación cuando los importes de renta fueran superiores a los límites establecidos".