El Consejo de Ministros ha aprobado en segunda vuelta el anteproyecto de la denominada ley de familias que recibió el primer visto bueno del Gobierno el 13 de diciembre del año pasado. El paso de hoy da por validada en el seno del Ejecutivo la norma propuesta desde el Ministerio de Derechos Sociales y Agenda 2030 y la encarrila hacia su último examen, el parlamentario.
El anteproyecto de la propone la ampliación de la protección social a las familias y el apoyo a la crianza, la garantía del derecho a la conciliación, el reconocimiento jurídico de 16 tipos de familias y la protección de los derechos de niños, niñas y adolescentes. En la práctica, se traducen en más ayudas por hijos, más días de permiso retribuido para cuidados y más tipologías de familias con plenos derechos para adaptarlas a una realidad más allá del hogar clásico de padre, madre e hijo.
En un repaso al anteproyecto, en el que se esperan pocos cambios en el texto que se apruebe hoy, la medida 'estrella' sería la que habilita tres nuevos permisos para conciliación y cuidados: uno de cinco días al año retribuidos para atender a un familiar hasta segundo grado o conviviente con o sin relación de parentesco, otro de cuatro días, también retribuido, por ausencia por fuerza mayor familia y un último, de carácter parental y no retribuido, que consistirá en seis semanas en 2023 y ocho semanas a partir de 2024 que los padres podrán coger de manera continua o discontinua y a tiempo parcial o completo hasta que el menor cumpla ocho años. El objetivo de este último es facilitar la conciliación en periodos no lectivos o en los de adaptación en escuelas infantiles, aunque diferentes entidades sociales han solicitado una mejora: que sea retribuido.
La futura ley también contempla la extensión de la renta de 100 euros al mes por crianza a un mayor número de familias con hijos de 0 a 3 años. En concreto, a partir de su entrada en vigor, de este 'cheque bebé' también podrán beneficiarse las madres que estén percibiendo una prestación por desempleo (contributiva o no) y las que tengan un empleo a tiempo parcial o temporal. Hasta ahora, la ayuda era una deducción en el IRPF y solo estaba disponible quienes estuvieran dados de alta en la Seguridad Social. Los cálculos presentados por el Gobierno estiman que se beneficiarán entre 200.000 y 250.000 madres.
En el marco de la protección social a las familias, a las monoparentales y monomarentales con dos hijos o más se les otorgarán los mismos derechos de las familias numerosas (facilidades para recibir una beca, reducción o exención de tasas y precios públicos, bonificaciones en el transporte público de entre el 20 y el 50%...). Este precepto estará abierto para las familias monoparentales o monomarentales 'temporales', es decir, en la que uno de los progenitores esté ingresado más de un año, permanezca en prisión o por la falta de la guardia y custodia para uno de ellos.
Precisamente los distintos tipos de familias es otro de los elementos centrales de la futura ley, que dará un nuevo marco de reconocimiento y protección para las familias LGTBI homomarental y homoparental, para familias jóvenes (menores de 29 años), para las que tengan algún miembro con discapacidad, para las vulnerables, para las monomarentales o monoparentales, para las casadas, para las múltiples (nacimientos, acogidas o adopciones múltiples), interculturales, transnacionales...
Las parejas de hecho también darán un salto en cuanto a sus derechos. Si el año pasado se reformó la pensión de viudedad para incluir a las parejas de hecho, con la ley de familias también se les reconocerá el permiso de 15 por constituirse como tal, equiparando al que perciben los recién casados.
La futura norma finalmente no incluirá la prohibición del 'pin parental'. El primer texto incidía en proteger el derecho de los niños, niñas y adolescentes a la información y a la participación en actividades sobre diversidad familiar en el marco educativo para garantizar "su libre desarrollo de la personalidad" pero finalmente la medida contra la herramienta impulsada por Vox en 2020 para que los padres puedan 'vetar' en las aulas talleres o actividades sobre temas como la diversidad de género o el feminismo no será abordada a recomendación del Consejo de Estado. por posible invasión en competencias de las CCAA.
La aprobación de la ley en el Consejo de Ministros no ha estado exenta de polémicas, tanto por la definición de nuevas familias como por el número de días de permisos retribuidos. Sobre esto último, la cartera que dirige Ione Belarra tuvo que renunciar a que fuera siete para dejarlos en cinco ante las reticencias del Ministerio de Hacienda. La vía urgente por la que transitará en el Congreso deriva de los retrasos en la aprobación de una ley que en los planes iniciales ya debería estar aprobada.
Dura crítica del CGPJ
El tránsito por el Congreso tampoco se presume sencillo. Hoy mismo, la consejera de Familia, Juventud y Política Social de la Comunidad de Madrid, Concepción Dancausa, ha pedido al Gobierno que "rectifique" y mantenga el reconocimiento a la figura de la familia numerosa. Desde que se presentara el primer borrador, la Administración regional se ha mostrado contraria a "algunas previsiones respecto a las familias numerosas". Considera que la norma es contraria a los esfuerzos por incitar los nacimientos para aplacar el reto demográfico.
Puede solapar dos o mas categorías de familias, crea confusión, rebasa el marco constitucional y genera inseguridad jurídica y desigualdad entre los destinatarios de las medidas de protección. Es la opinión sobre la ley del comité técnico del Consejo General del Poder Judicial (CGPJ) que, sin embargo, sí considera que recoge un "concepto de familia" que se ajusta a la doctrina del Tribunal Supremo, del Tribunal Constitucional y del Tribunal Europeo de Derechos Humanos.
El problema radica, expresan en su informe que recoge Europa Press, en las "dudas" de la competencia del Estado en materia de la regulación de la protección social a las familias y llama la atención sobre la existencia de varias incidencias en ese sentido que "deberían evitarse en buena técnica normativa y en beneficio de la seguridad jurídica". El CGPJ aconseja incluir en la ley definiciones "claras" sobre qué se considera unidad familiar y sobre tipos específicos de situaciones familiares y sugiere al Gobierno una redacción "alternativa" que diferencie, para acreditar la existencia de una unidad familiar, la convivencia estable y notoria y el registro de la pareja de hecho. Se "echa de menos", prosigue, que se definan con más concreción las situaciones en las que las personas que vivan solas y los núcleos de convivencia no familiares puedan ser destinatarios de tales medidas.
Y choca con la RAE. El CGPJ apunta que el adjetivo "filioparental" no se encuentra en el diccionario de la Real Academia Española de la Lengua ni el Panhispánico del español jurídico y sugiere que lo sustituya por "filial" y rechaza el término "sinhogarismo" que tampoco recogen ninguno de ambos glosarios.