
Quedan unos pocos días para que finalice el mes de enero y será en ese momento cuando termine el plazo para que las entidades bancarias cumplan con una obligación que se repite año tras año y sobre la cual ha advertido el Banco de España.
El organismo ha informado en su página web de que a los bancos les quedan solo unos días para enviar a sus clientes una carta con información clave sobre la cuenta o cuenta que poseen en dicha entidad: "Debes recibir de forma separada información de tus cuentas y de los servicios bancarios que hayas contratado durante el año".
Es una obligación recogida por la ley, es decir, no se puede soslayar. Así lo detalla la Orden EHA/2899/2011, de 28 de octubre, que se puede consultar en este enlace del Boletín Oficial del Estado y que informa de que "las entidades de crédito remitirán a sus clientes anualmente, durante el mes de enero de cada año, una comunicación en la que, de manera completa y detallada, se recoja la información prevista en esta orden sobre comisiones y gastos devengados y tipos de interés efectivamente aplicados a cada servicio bancario prestado al cliente durante el año anterior".
Con todo, existe la posibilidad de que el cliente elija la recepción de estos datos por correo electrónico. Esto evitaría la llegada de la carta al buzón, pero solo en esos casos. Para el resto de personas sigue aplicando lo mismo y, por lo tanto, a todas ellas les tendría que llegar la carta correspondiente.
Qué información contiene la carta de los bancos
Pero, ¿qué información le llega al cliente? La carta debe contener información de dos aspectos concretos: las comisiones y los servicios contratados.
En lo que respecta a las comisiones, el Banco de España informa de que deben aparecer las comisiones de cada cuenta contratada (se incluyen los servicios asociados a cada una de esas comisiones y los importes tanto unitarios como totales), además de los tipos de interés acreedor y de descubierto y un resumen general de todos los intereses devengados.
En cuanto a los servicios contratados, la información que contendrá la carta que llegue al domicilio del cliente. En este punto esa información dependerá de los productos que haya contratado el cliente. El Banco de España pone el ejemplo de un préstamo: en ese caso debería constar los gastos devengados, los intereses...
La carta de los bancos en cuentas con cotitulares
¿Y si una persona es cotitular de una cuenta bancaria junto a más personas? ¿A quién le llega la comunicación? ¿Hay carta para todos los cotitulares o solo para uno? El Banco de España tranquiliza al respecto, ya que ningún cliente se quedará sin la carta.
"La comunicación es personal y la recibirás de forma individualizada", asegura el organismo, que para más señas recalca que esa carta "te indicará el número total de cotitulares y cada uno recibiréis la comunicación de forma separada".