Economía

Cómo compartir una cuenta bancaria sin tener problemas con sus miembros y con Hacienda

  • La elección de la cuenta debe tener en cuenta las necesidades del grupo
  • Según el tipo de cuenta, los cotitulares tendrán distintas capacidades
  • La cantidad de dinero que pertenece a cada uno se debe saber también antes
Foto: Dreamstime.
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Muchas personas conciben las cuentas corrientes como herramientas de uso personal, cuyas principales funciones son albergar los diferentes tipos de ingresos. Dicho esto, es normal que la gente las vea como instrumentos para gestionar sus finanzas personales.

Pero puede darse también el caso de que esta cuenta se utilice para la gestión de recursos de personas distintas, o que simplemente la compartan dos individuos, por ejemplo un matrimonio. De hecho, esto es bastante habitual, pues más allá de las relaciones familiares también hay personas que comparten vivienda que, debido a los elevados costes de alquiler, han optado por abrir un depósito común. En definitiva, una cuenta corriente compartida puede ser muy práctica, pues los distintos cotitulares pueden abonar gastos comunes.

Los riesgos de compartir una cuenta

Pero la Organización se Consumidores y Usuarios (OCU) ha preparado una serie de recomendaciones para que esta herramienta sea lo que tiene que ser, un utensilio útil, y no se convierta en un problema para sus usuarios.

Estos consejos se basan en el uso adecuado del depósito, de modo que sus cotitulares no tengan problemas unos con otros y, en algunos casos, incluso con Hacienda.

El motivo principal para hacer caso a la OCU es que en caso de una relación personal (sea de pareja, familiar o de amigos o compañeros) nunca se sabe cuándo puede surgir una disputa. Y el riesgo de las desavenencias en este caso radica en la posibilidad de que el problema afecte también a la cuenta corriente compartida. Para la OCU, las recomendaciones se resumen en: "qué fórmula es la más adecuada para no tener problemas ni con Hacienda ni con los demás intervinientes".

Tipos de cuentas compartidas

Los consejos de la Organización comienzan por conocer cuál es la cuenta más idónea para las necesidades de quienes opten por compartirla. Esta debe ser capaz de ofrecer a todos ellos una buena operatividad, a la vez que reduce los riesgos en caso de desavenencias entre los cotitulares. Una de las prioridades será entonces determinar quién será dueño del dinero que albergue el depósito

Entonces, según las posibilidades que quieran los usuarios de la cuenta corriente, existen 3 tipos que pueden ser de su interés:

1. Cuentas con autorizados: en este tipo de depósitos las personas autorizadas están capacitadas para realizar operaciones con el dinero que incluya. A pesar de ello, los propietarios reales de dicho capital serán los cotitulares en exclusiva.

2. Cuentas conjuntas o mancomunadas: a diferencia de las anteriores, todos los usuarios de estos depósitos son propietarios del dinero, aunque cualquier operación de un cotitular que utilice los fondos de la cuenta requerirá la aprobación de los demás titulares.

3. Cuentas indistintas o solidarias: con respecto a la propiedad del dinero estas son idénticas a las anteriores, pero el usuario que quiera operar con los fondos no necesitará en este caso que los otros cotitulares aprueben el movimiento.

¿Qué tiene que decir Hacienda en esto?

Otra cuestión prioritaria a la hora de decidir sobre una cuenta corriente es determinar, a ojos de Hacienda, la cantidad de dinero que pertenece a cada uno de los cotitulares. El motivo de este requerimiento es que es necesario tributar por esas cantidades, y de incurrir en algún error entonces el usuario puede tener problemas con el fisco.

Si se diera el caso de que Hacienda considerase que el cotitular de la cuenta corriente compartida no tributa las cantidades correctas, esto se convertiría en un quebradero de cabeza, pues la Administración deduciría que no está cumpliendo con sus responsabilidades fiscales. La solución es simple: determinar la propiedad del dinero que está dentro del depósito.

Pero la forma de saber este dato varía según el tipo de cuenta en cuestión:

-Para cuentas con autorizados: al pertenecer el dinero solo a los cotitulares y no a los simplemente autorizados, es sencillo conocer la cifra.

-Para cuentas mancomunadas: la OCU explica que, salvo que se demuestre lo contrario, el capital pertenece a todos los usuarios del depósito en partes iguales.

-Para cuentas solidarias: la misma Organización especifica que "la propiedad del dinero depende exclusivamente de las relaciones internas entre los cotitulares. Si fuese necesario, habría que determinar estas".

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