Economía

Moncloa crea un 'PER' cultural accesible tras trabajar solo dos meses en año y medio

  • El Gobierno permitirá a los artistas jubilados seguir cobrando por su actividad
Joan Manuel Serrat y Joaquín Sabina, durante una actuación conjunta.

El ministro de Cultura, Miquel Iceta, logró incluir en el primer Consejo de Ministros del año un paquete de medidas para el colectivo artísitico similar en cuanto a su generosidad al Plan de Empleo Rural (PER), el polémico subsidio destinado al sector agrario. El Gobierno aprueba así tres avances laborales que responden a la eterna demanda del sector. La nueva normativa pivota en torno a tres pilares. Por un lado, reduce a más de la mitad el tiempo que los trabajadores del gremio deben cotizar para tener acceso a prestación por desempleo.

Antes, actores, escritores o músicos debían haber trabajado 360 días durante seis años para tener acceso al cobro del paro; tras la entrada en vigor de la medida el tiempo se reduce hasta los 60 días durante los últimos 18 meses o a 180 días de alta en la Seguridad Social por prestación real de servicios en los seis años anteriores a la situación legal de desempleo siempre que no hayan sido tenidas en cuenta para el reconocimiento de una prestación previa. La duración de la prestación será de cuatro meses y estará dotada con una cuantía de hasta el 100% del Iprem para las cotizaciones que superen el umbral de 61 euros.

Pocos países con medidas así

Por debajo de ese nivel corresponderá una prestación del 80% del Iprem. Además, los artistas podrán seguir percibiendo derechos de propiedad intelectual durante el periodo en el que cobren el paro. "Hay muy pocos paises que cuenten con esta proteccion y España por fin da el paso", dijo la vicepresidenta segunda y ministra de Trabajo, Yolanda Díaz, durante la rueda de prensa posterior al Consejo de Ministros.

Por otro lado, el real decreto aprobado ayer permitirá seguir cobrando por la prestación de servicios u obra nueva a aquellos artistas ya jubilados que perciban su pensión. Además, se mantiene la posibilidad de compatibilizar el ingreso de su prestación con la percepción de los derechos de autor. Desde el ministerio de Trabajo, ponen como ejemplo los ingresos procedentes de conferencias asociadas a la presentación de un libro, o los rendimientos de nuevas obras derivadas de su actividad. Este artículo de la norma responde a la denuncia de varios escritores, que durante los últimos años han criticado la falta de flexibilidad.

Intermitencia

Por último, la norma busca atajar otros efectos provocados por la intermitencia laboral propia de la actividad artística, un hecho que quedó evidenciado por el estallido de la pandemia. En concreto, se apunta a aquellos autónomos con bajos ingresos. La entrada en vigor del real decreto permitirá que aquellos que facturen por debajo de los 3.000 euros anuales podrán acogerse a una base de cotización reducida fijada en los 526,14 euros. Es decir, que su cuota mensual pasará a los 161 euros. Según explica Trabajo, la base se irá actualizando en años siguientes. Además, el Gobierno establece la posibilidad de que los interesados puedan pagar su cuota de autónomo de manera trimestral, en vez de mensualmente. La medida beneficiará a 70.000 afiliados al régimen de artistas, según los cálculos del Ejecutivo.

La medida no quedará ahí. El Gobierno se marca como objetivo seguir desarrollando la norma. Para ello, el Consejo de Ministros aprobó la creación de dos grupos de trabajo. El primero, estudiará e impulsará medidas de reconocimiento de la intermitencia en el ámbito laboral y de la Seguridad Social de los artistas y trabajadores autónomos de la cultura.

El segundo grupo tendrá la misión de impulsar la evaluación y el reconocimiento de determinadas enfermedades profesionales derivadas de las actividades específicas en el sector cultural. Ambos grupos estarán integrados por representantes de los departamentos ministeriales competentes, así como de las organizaciones sindicales y empresariales y otras organizaciones representativas del sector cultural.

La medida es una adaptación de una de las reformas incluidas en el Componente 24 del Plan de Recuperación enviado a Bruselas.

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