Economía

Estos son los días en los que se cobra el Ingreso Mínimo Vital: así serán las cuantías en 2023

  • Los bancos pueden adelantar los pagos que hace la Seguridad Social
  • Para el próximo año se mantiene el aumento de las cuantías en un 15%
Foto: Dreamstime.

El Ingreso Mínimo Vital cumple dos años y medio de vida y, en este tiempo, ha llegado a más de medio millón de hogares y un millón y medio de personas. La medida, que se implantó a mediados de 2020, ha supuesto una cobertura económica para sus beneficiarios, ya que el IMV funciona como una renta garantizada para la unidad de convivencia de la que forma parte el cobrador, por lo que esa cantidad se le asegura siempre que no incurra en incompatibilidades.

Debido a las características del Ingreso Mínimo Vital, que llega a una población especialmente vulnerable y con recursos económicos escasos, resulta especialmente relevante la fecha en la que esta renta garantizada o prestación llega a esos hogares con dificultades.

Toda prestación de la Seguridad Social tiene un reglamento por el que se determinan las fechas de cobro de la misma. A esto no escapa el Ingreso Mínimo Vital: en el 'Reglamento general de la gestión financiera de la Seguridad Social', que se puede consultar en este enlace del Boletín Oficial del Estado, establece que las prestaciones se cobren entre el primer día hábil de mes y el cuarto día natural de mes.

Esto significa que, en la práctica, la normativa garantiza que a primeros de mes el ciudadano tenga en su cuenta el dinero del Ingreso Mínimo Vital, las pensiones contributivas y no contributivas, las prestaciones por maternidad...

Pero, a pesar de lo establecido en la ley, es posible que el ciudadano tenga el dinero del Ingreso Mínimo Vital incluso antes de esas fechas. A partir de la pandemia de coronavirus muchos bancos optaron por adelantar el pago de las prestaciones como una forma de dar sustento económico a los hogares que pasaron especiales dificultades en el confinamiento.

Esto se ha mantenido con el paso de los años y la mejora de la situación. Por eso todavía, en función del banco en el que esté domiciliado el pago, es posible que el cobro del Ingreso Mínimo Vital tenga lugar entre los días 23 y 25 de cada mes, antes de que finalice el mes de devengo.

Las cuantías del Ingreso Mínimo Vital en 2023

Todas las personas que cobren el Ingreso Mínimo Vital se verán beneficiadas durante 2023 de una de las medidas incluidas en el decreto de ayudas para combatir la inflación: el mantenimiento del aumento del 15% en la cuantía de las rentas garantizadas para cada unidad de convivencia. La medida ya tuvo lugar a mediados de 2022 pero se ha prorrogado para todo el año que viene.

Sin embargo, en 2023 el procedimiento para llegar a ese 15% extra será diferente. Con el cambio de año la cuantía del IMV subirá un 8,5% (como la inflación interanual media hasta noviembre, el mismo dato con el que suben las pensiones), una cuantía que será clave de cara a una posible subida en 2024, ya que se hará sobre esa cantidad. En paralelo, el Gobierno abonará la diferencia, en forma de complemento, para llegar a ese 15% de subida.

La explicación que da el Real Decreto-ley 20/2022, de 27 de diciembre (se puede consultar en este enlace del Boletín Oficial del Estado) es clara: "El Instituto Nacional de la Seguridad Social aplicará, sobre la cuantía de la renta garantizada a un beneficiario individual o unidad de convivencia a 1 de enero de 2022, el mismo incremento extraordinario".

Además, concede también aumentos en la cuantía del complemento de ayuda a la infancia que se aplica a unidades de convivencia con menores de edad a cargo. El decreto establece subidas del mismo porcentaje (un 15%), por lo que será de 115 euros por hijo menor de 3 años, de 80,5 euros por hijo de entre 3 y 6 años y de 57,5 euros para hijos de entre 6 y 17 años.

En base a todos estos datos, y sin tener en cuenta los complementos de ayuda a la infancia a los que pueda tener cada unidad de convivencia, estas son las rentas garantizadas:

-Unidades de convivencia de un adulto: 565,28 euros al mes.

-Unidades de convivencia de un adulto y un menor: 859,33 euros al mes.

-Unidades de convivencia de un adulto y dos menores: 1.028,87 euros al mes.

-Unidades de convivencia de un adulto y tres o más menores: 1.198,56 euros al mes.

-Unidades de convivencia de dos adultos: 734,97 euros al mes.

-Unidades de convivencia de dos adultos y un menor: 904,51 euros al mes.

-Unidades de convivencia de dos adultos y dos menores: 1.074,20 euros al mes.

-Unidades de convivencia de dos adultos y tres o más menores: 1.243,74 euros al mes.

-Unidades de convivencia de tres adultos: 904,51 euros al mes.

-Unidades de convivencia de tres adultos y un menor: 1.074,20 euros al mes.

-Unidades de convivencia de tres adultos y dos o más menores: 1.243,74 euros al mes.

-Unidades de convivencia de cuatro adultos: 1.074,20 euros al mes.

-Unidades de convivencia de cuatro adultos y un menor: 1.243,74 euros al mes.

-Resto de unidades de convivencia: 1.243,74 euros al mes.

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