
El sector de las empleadas de hogar ha recibido buenas noticias estas últimas semanas a raíz de la aplicación efectiva del convenio 189 de la Organización Internacional del Traabjo (que fue ratificado en su momento por el Congreso de los Diputados) y que iguala tras años de reivindicaciones su acceso a las prestaciones por desempleo.
Aprobados los cambios, las empleadas deben centrarse en la aplicación efectiva de estas medidas. O, hablando en claro, cómo podrán disfrutar de esas prestaciones por desempleo a las que antes no tenían derecho. Dentro de estas prestaciones se incluyen el paro o cualquiera de los subsidios que gestiona el Servicio Público de Empleo Estatal (SEPE).
Con este objetivo, la Seguridad Socia ha usado sus canales oficiales para explicar cómo será el procedimiento. El organismo, a través de su perfil de atención a la ciudadanía en la red social Twitter, ha dejado claro cuándo podrán disfrutar de una prestación por desempleo las empleadas del hogar.
Cuándo cobrarán el paro las empleadas de hogar
Con carácter general, y hablando de la prestación contributiva por desempleo, el paro, las trabajadoras del hogar podrán cobrar esta prestación cuando, al quedarse sin empleo, hayan cotizado al menos 360 días en concepto de desempleo. Este periodo, no obstante, no tiene por qué comenzar a contar desde la entrada en vigor de las cotizaciones, que son obligatorias desde el 1 de octubre.
De acuerdo con la guía de la Seguridad Social, para el cómputo global de cotizaciones "se tendrán en cuenta las cotizaciones realizadas en cualquiera de los regímenes de la Seguridad Social por los que se cotiza a desempleo". Así, si una empleada de hogar pasa a este sector después de dos años cotizando por desempleo en el Régimen General y sin haber usado ninguna prestación, podrá cobrar el paro en cuanto finalice su relación laboral como trabajadora de hogar sin necesidad de esperar a cumplir un año de cotización.
Por el contrario, si una persona ha venido desarrollando un trabajo como empleada de hogar durante los últimos años sin haber cotizado por desempleo tendrá que esperar al menos a llegar a 360 días cotizados por desempleo para tener derecho al cobro de la prestación contributiva.
Cuándo cobrarán los subdisios las empleadas de hogar
En lo que respecta a la galería de subsidios que otorga el SEPE a nivel asistencial, la Seguridad Social explica que las empleadas de hogar tendrán derecho a los mismos desde el momento en el que "cumplan los requisitos previstos en ellos". En este caso, habrá que acudir a cada tipo de subsidio para poder comprobar si se cumplen o no esas condiciones.
Si en alguno de estos subsidios se piden cotizaciones, pasará lo mismo que con el paro: contarán las cotizaciones por desempleo generadas en otros regímenes de la Seguridad Social siempre que no se hayan usado para generar derecho a otras prestaciones por desempleo anteriores.
Las cotizaciones por desempleo de las empleadas de hogar
Tras los cambios aprobados, las empleadas de hogar cotizan desde este 1 de octubre por desempleo. Al igual que en otros regímenes, esta obligación es compartida por empleado y empleador. En este caso concreto, y al menos hasta el 31 de diciembre, la cotización quedará así:
-En concepto de desempleo un 6,05% de la base de cotización del cual asume un 5% el empleador y un 1,05% el empleado.
-En concepto de FOGASA (Fondo de Garantía Salarial) un 0,2% que asume el empleador.
La base de cotización para calcular las cuotas serán erán las "correspondientes a las contingencias de accidentes de trabajo y enfermedades profesionales", explica la Seguridad Social.