
Al tratarse de una prestación contributiva, el paro obliga a sus beneficiarios a alcanzar una cotización determinada para tener derecho a su cobro. En el caso de las prestaciones por desempleo una mayor cotización da derecho a una mayor duración de ese cobro dentro de los límites impuestos por la normativa.
Para conocer todo relativo a la prestación contributiva por desempleo es necesario acudir a la Ley General de la Seguridad Social. En su artículo 269 (puede consultarse en este enlace del Boletín Oficial del Estado) se pueden comprobar los tramos de cotización que dan derecho a determinadas duraciones del cobro del paro.
En concreto, explica la ley, hay que tener en cuenta "los periodos de ocupación cotizada en los seis años anteriores a la situación legal de desempleo o al momento en que cesó la obligación de cotizar". La cotización a la que hace referencia es la cotización por desempleo, que es de un 7,05% de la base de cotización (un 5,50% por el empleador y un 1,55% por el trabajador) y de un 8,30% (6,70% y 1,60%) en los contratos de duración determinada, tal y como explica la Seguridad Social en su página web.
Así, se diseña un cuadro en el que diferentes periodos de cotización dan derecho a duraciones de cobro del paro concretos. A más cotización, más tiempo se cobrará la prestación:
-El periodo mínimo de cotización es de 360 a 539 días, que da derecho a 120 días de paro.
-Con un periodo de cotización de 540 a 719 días se tiene derecho a 180 días de paro.
-Con un periodo de cotización de 720 a 899 días se tiene derecho a 240 días de paro.
-Con un periodo de cotización de 900 a 1.079 días se tiene derecho a 300 días de paro.
-Con un periodo de cotización de 1.080 a 1.259 días se tiene derecho a 360 días de paro.
-Con un periodo de cotización de 1.260 a 1.439 días se tiene derecho a 420 días de paro.
-Con un periodo de cotización de 1.440 a 1.619 días se tiene derecho a 480 días de paro.
-Con un periodo de cotización de 1.620 a 1.799 días se tiene derecho a 540 días de paro.
-Con un periodo de cotización de 1.800 a 1.979 días de paro se tiene derecho a 600 días de paro.
-Con un periodo de cotización de 1.980 a 2.159 días de paro se tiene derecho a 660 días de paro.
-Con 2.160 días cotizados se tiene derecho al periodo máximo de paro, 720 días (dos años).
Cuál es la cuantía del paro
Si un trabajador ha llegado a la cotización necesaria para cobrar el paro durante dos años estará relativamente cubierto en el plano económico todo ese tiempo. La siguiente pregunta, por lo tanto, es la siguiente: ¿cuál será la cuantía del paro?
De acuerdo con la información del Servicio Público de Empleo Estatal (SEPE) disponible en su página web, el trabajador tendrá derecho a cobrar el 70% de la base reguladora durante los primeros meses y después a cobrar el 50% de esa base reguladora. Esta base se calculará obteniendo la media de "las bases de cotización a la Seguridad Social por contingencias profesionales, durante los 180 últimos días cotizados, sin tener en cuenta las horas extraordinarias".
No obstante, el SEPE establece cuantías mínimas y máximas del paro:
-La cuantía mínima del paro es de 630,47 euros al mes para personas que no tienen hijos a cargo y de 821,46 euros al mes para las personas con hijos a cargo.
-La cuantía máxima del paro es de 1.379,18 euros al mes en el caso de personas sin hijos, de 1.576,21 euros al mes para las personas con un hijo y de 1.773,24 euros al mes para las personas con dos o más hijos.