Economía

Estas son las cuentas bancarias que pueden ser transferidas al Estado (ayudado por los bancos)

  • Algunas se consideran abandonadas si pasa mucho tiempo sin usarse
  • El dinero se debe destinar a proyectos establecidos por la normativa
Foto: Dreamstime.

El patrimonio del Estado es vastísimo. La Administración posee numerosos bienes a todos los niveles y en razón de sus múltiples competencias. Una de ellas es esa gestión de patrimonio que en ocasiones le permite incluso adquirir bienes de terceros cuando se dan circunstancias muy determinadas. Y en este supuesto entran hasta las cuentas bancarias.

En la práctica, la Administración General del Estado tiene la potestad de quedarse con los saldos de determinadas cuentas bancarias que han sido abandonadas por sus dueños. Ese dinero, pasado cierto tiempo, puede transferirse a los fondos del Estado si nadie los reclama.

Porque, aunque parezca extraño, en ocasiones se da la circunstancia de que una persona deje de utilizar una cuenta bancaria sin retirar sus fondos. La normativa contempla esa posibilidad y habilita al Estado para que recoja los fondos que queden en ella y se los quede...aunque para usarlos conforme explica la ley.

Hay que acudir a la Ley 33/2003, de 3 de noviembre (disponible en este enlace del Boletín Oficial del Estado) para saber que "los valores, dinero y demás bienes muebles depositados" y los "saldos de cuentas corrientes, libretas de ahorro u otros instrumentos similares" abiertos en estas entidades podrán pasar al Estado si se demuestra que en las cuentas en las que no se han realizado gestiones en los últimos 20 años.

Este dinero no se va a las arcas del Estado para que la Administración lo use de la forma que crea más conveniente. Todo lo contrario: al tratarse de unos fondos con una procedencia tan especial la normativa obliga a su uso para proyectos muy concretos. Tal y como se explica en la ley, "el efectivo y los saldos de las cuentas y libretas se destinarán a financiar programas dirigidos a promover la mejora de las condiciones educativas de las personas con discapacidad". 

Así informan los bancos a Hacienda de las cuentas abandonadas

Los bancos no son una parte perjudicada en este sentido, ya que durante todo ese tiempo habrán podido practicar las comisiones pertinentes por mantenimiento. De hecho, son las propias entidades las que, cuando se llega a ese tiempo establecido, avisan a la Administración de la existencia de una cuenta con saldos que podrían pasar a sus arcas.

El artículo 18 de la ley menciona directamente a estas entidades, ya que advierte de que "estarán obligadas" a informar a Hacienda de la existencia de estas cuentas y los sueldos o depósitos que contengan. Antes de que se transfiera el dinero al Estado, eso sí, el banco tomará una serie de medidas. Las cuenta el Banco de España en su página web:

-Realizar las comprobaciones necesarias para garantizar que efectivamente no se han practicado gestiones en la cuenta en los últimos 20 años.

-Avisar al titular tres meses antes de la fecha de cumplimiento de esos 20 años advirtiéndole de que no ha practicado movimientos en su cuenta y que puede pasar a considerarse abandonada. Esto se hará por correo certificado o medio análogo.  

-Facilitar a los familiares o herederos de la persona dueña de la cuenta, si así lo solicitasen, un certificado que indique que los fondos se han transferido al Estado.

WhatsAppFacebookFacebookTwitterTwitterLinkedinLinkedinBeloudBeloudBluesky