Economía

Estas son las bases de cotización de las empleadas de hogar y por qué son tan importantes

  • Dependen de la remuneración mensual de estas trabajadoras
  • Para cada año se contempla una escala en los Presupuestos
Foto: Dreamstime.

Las trabajadoras del hogar pertenecen a un régimen especial dentro del Régimen General (en el que están inscritos cuatro de cada cinco empleados españoles) y, por lo tanto, se rigen por unas normas un tanto diferentes a las de otros trabajadores. Esto hace de estas más de 375.000 personas (datos del Ministerio de Trabajo y Economía Social) un grupo al que hay que cuidar y con el que hay que extremar las precauciones.

Por eso, la labor informativa de la Seguridad Social es fuerte a través de sus canales oficiales. El objetivo es lograr un perfecto conocimiento de la normativa por parte de las empleadas de hogar y advertir a los empleadores del marco legal en el que deben moverse para cumplir la ley en todo momento.

Esto afecta a todos los aspectos de la relación laboral que mantienen estas trabajadoras del hogar con sus empleados, entre ellos el de las cotizaciones de estas trabajadoras. Un elemento clave en este sentido es el de las bases de cotización sobre las cuales se aplican las cuotas a la Seguridad Social. Unas bases de cotización que también difieren de las del resto de trabajadores.

La Seguridad Social ha usado su perfil de información en la red social Twitter para explicar cómo deben ser las bases de cotización de las empleadas de hogar. Estas bases se caracterizan por una razón: dependen de la remuneración de la trabajadora. O lo que es lo mismo, en función de la cuantía del salario de la empleada de hogar podrá tener una base comprendida entre topes muy concretos.

Así, dentro de cada uno de estos tramos sí existe libertad para establecer una base de cotización de la empleada de hogar. La Ley General de la Seguridad Social explica en su disposición transitoria decimosexta (puede consultarla en este enlace del Boletín Oficial del Estado) que "las bases de cotización por contingencias comunes y profesionales se determinarán con arreglo a la escala, en función de la retribución percibida por los empleados de hogar, prevista anualmente en la Ley de Presupuestos Generales del Estado".

Para 2022 las bases de cotización, recogidas en una escala de diferentes tramos, son las siguientes:

-Retribuciones mensuales de hasta 269 euros: la base de cotización será de 231 euros al mes.

-Retribuciones mensuales de 269,01 a 418 euros: la base de cotización será de 379 euros al mes.

-Retribuciones mensuales de 418,01 a 568 euros: la base de cotización será de 528 euros mensuales.

-Retribuciones mensuales de 568,01 euros a 718 euros: la base de cotización será de 677 euros mensuales.

-Retribuciones mensuales de 718,01 euros a 869 euros: la base de cotización será de 827 euros mensuales.

-Retribuciones mensuales de 869,01 euros a 1.017 euros: la base de cotización será de 976 euros mensuales.

-Retribuciones mensuales de 1.017,01 euros a 1.166,70 euros: la base de cotización será de 1.166,70 euros mensuales.

-Retribuciones mensuales de 1,166,71 euros a 1.273 euros: la base de cotización será de 1.220 euros mensuales.

-Retribuciones mensuales de 1.273,01 euros a 1.439 euros: la base de cotización será de 1.370 euros mensuales.

-Retribuciones iguales o superiores a 1.439,01 euros: la base de cotización será igual a la retribución.

Cómo cotizan a la Seguridad Social las empleadas de hogar

Sobre la base de cotización elegida se aplicarán las distintas cuotas a la Seguridad Social. En el caso de las trabajadoras de hogar solo cotizan por contingencias comunes y contingencias profesionales, con una cuota de 28,3% (4,7% de la empleada y 23,6% del empleador) y de 1,5% (abonada de forma íntegra por el empleador) respectivamente, para un 29,8% total.

Es probable que en los próximos meses las empleadas de hogar experimenten un cambio en sus cotizaciones a la Seguridad Social, ya que tras la ratificación por parte del Congreso del convenio 189 de la Organización Internacional del Trabajo, estas trabajadoras han de empezar a cotizar por desempleo (para tener derecho a prestaciones como el paro) o por el Fondo de Garantía Salarial, el FOGASA.

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