
El paro es la ayuda por desempleo más conocida y se trata de una prestación contributiva que, como su propio nombre indica, se nutre de las cotizaciones del propio trabajador, de tal forma que es necesario la acreditación de ciertos periodos de cotización para poder tener derecho a su cobro (en caso contrario, existen subsidios que salen al rescate del ciudadano).
De conjunto de cotizaciones que se pueden observar en la nómina mensual de un trabajador, hay que atender a la cotización por desempleo (un 1,55% de la base de cotización aportado por el trabajador y un 5,50% por la empresa), la que marcará el derecho al cobro del paro en función del alcance de dicha cotización.
El artículo 269 de la Ley General de la Seguridad Social publicado en el Boletín Oficial del Estado afirma que, en concreto, la duración de la prestación contributiva por desempleo "estará en función de los períodos de ocupación cotizada en los seis años anteriores a la situación legal de desempleo o al momento en que cesó la obligación de cotizar".
Existen dos colectivos que por sus peculiares características merecen un aparte: las personas liberadas de prisión y las personas emigrantes que retornan a España. En su caso de valorarán las cotizaciones realizadas en los seis años anteriores a la entrada en prisión o la salida de España, aunque si hubiesen cotizado en prisión o en el extranjero se empezaría a contar desde el final de esa relación laboral, explica el Servicio Público de Empleo Estatal (SEPE) en su página web.
El periodo mínimo de cotización que necesita un trabajador para poder cobrar el paro es de 360 días. Estas jornadas deben haberse quedado fuera de cualquier conteo previo, ya que de lo contrario no servirán al trabajador. A partir de esos 360 días, cuanto más cotización se acumule más tiempo se podrá percibir la prestación contributiva por desempleo:
-Con una cotización de entre 360 a 539 días se tiene derecho a 120 días de prestación contributiva.
-Con una cotización de entre 540 a 719 días se tiene derecho a 180 días de paro.
-Con una cotización de entre 720 y 899 días se tiene derecho a 240 días de paro.
-Con una cotización de entre 900 a 1.079 días se tiene derecho a 300 días de paro.
-Con una cotización de entre 1.080 a 1.259 días se tiene derecho a 360 días de paro.
-Con una cotización de entre 1.260 a 1.439 días se tiene derecho a 420 días de paro.
-Con una cotización de entre 1.440 a 1.619 días se tiene derecho a 480 días de paro.
-Con una cotización de entre 1.620 a 1.799 días se tiene derecho a 540 días de paro.
-Con una cotización de entre 1.800 a 1.979 días se tiene derecho a 600 días de paro.
-Con una cotización de entre 1.980 a 2.159 días se tiene derecho a 660 días de paro.
-Con una cotización a partir de 2.160 días se tiene derecho a 720 días de paro, el periodo máximo.
Cómo usar el programa de autocálculo del paro del SEPE
En caso de dudas, el ciudadano puede servirse de los canales oficiales para resolverlas. Para hacerse una idea del paro al que tiene derecho puede usar el programa de autocálculo que está a su disposición en la Sede Electrónica del SEPE, accediendo a este enlace.
Lo único que debe haber el ciudadano es introducir los datos que le pida el sistema y que se relacionan con su base de cotización, número de días cotizados...para que, así, elabore una simulación del periodo aproximado de tiempo en el que el ciudadano podría cobrar el paro, así como la cuantía del mismo.
Cuál será la cuantía del paro en función de su duración
En función de esos días cotizados se tendrá derecho a un paro mayor o menor. La duración de esta prestación contributiva por desempleo marcará la cuantía del paro, que dependerá de si sobrepasa o no los seis meses:
-Durante los primeros 180 días la prestación será del 70% de la base reguladora.
-Si tuviese derecho a más días de paro, a partir del día 181 tendría derecho al 50% de la base reguladora.
La base reguladora del trabajador a efectos de calcular el paro será la media de las bases de cotización por contingencias profesionales durante los seis meses anteriores a la solicitud de la prestación.
La cuantía estará determinada por las cuantías mínimas y máximas de la prestación, que aparecen recogidas en la página web del SEPE y que son las siguientes:
-La cuantía mínima del paro para personas sin hijos a cargo es de 540,41 euros mensuales y de 722,80 euros mensuales para personas con hijos a cargo.
-La cuantía máxima del paro para personas sin hijos a cargo es de 1.182,16 euros mensuales, para personas con un hijo a cargo es de 1.351,04 y para personas con dos o más hijos a cargo es de 1.519,92 euros mensuales.