Economía

Estas son las indemnizaciones por un despido improcedente: en qué casos puedes cobrarlas

  • Para llegar a ello se deben dar tres posibles escenarios
  • La cuantía depende de la fecha de la firma del contrato
Foto: Dreamstime.

Los trabajadores tienen el derecho de recurrir cualquier despido del que sean víctimas. Pueden agotar diferentes cauces judiciales para tratar de demostrar que la decisión de su empresa no está justificada y, si lo consiguen, pueden encontrarse en la situación de haber sido objeto de un despido improcedente. En ese caso, tendrán derecho a cobrar indemnizaciones si la empresa no les readmite en su puesto de trabajo.

Para que un despido sea calificado como improcedente se deben dar alguna de las siguientes condiciones, de acuerdo con lo que recoge la guía laboral del Ministerio de Trabajo y Economía Social:

-Cuando no queda acreditado el incumplimiento del trabajador que la empresa ha justificado para hacer el despido.

-Cuando se acredita que la empresa no cumplió con las exigencias formales establecidas a la hora de ejecutar ese despido.

-Cuando no se acredita la causa que la empresa ha alegado para hacer un despido por causas objetivas al trabajador.

Si el Juzgado de lo Social (una vez el trabajador ha solicitado un acto de conciliación que no ha tenido éxito) dictamina que un despido es improcedente, al trabajador se le abren dos posibilidades que realmente no dependen de él, ya que son decisión de la empresa: ser readmitido en su puesto de trabajo con el abono de los salarios de tramitación o pagar las indemnizaciones del despido improcedente.

La firma tiene un plazo de cinco días para elegir una de las dos opciones, a contar desde el día en que recibió la comunicación de la sentencia. En el caso de no mediar respuesta por parte de la empresa o empresario se entiende que opta por la readmisión del trabajador.

Solo en un caso la decisión recae en el trabajador y no en la empresa: cuando el mismo forma parte de la representación legal de los trabajadores o es miembro de la delegación sindical. Si es así, el empleado que ha sufrido el despido podrá elegir entre su readmisión en la empresa o el cobro de las indemnizaciones y la extinción definitiva de la relación laboral.

Cuantía de las indemnizaciones por despido improcedente

En el caso de que finalmente el trabajador reciba las indemnizaciones del despido improcedente, debe prestar atención a la fecha de firma de su contrato con la empresa, ese que la misma empresa rescindió de forma unilateral con el despido que posteriormente se declaró improcedente. Todo se debe a la reforma laboral de 2012 que abarató para las empresas los costes del despido.

Así, hay que atender a los periodos anteriores al 12 de febrero de 2012 (fecha en la que entró en vigor la reforma laboral) y los periodos a partir de esa fecha, ya que en los primeros aplicarán las indemnizaciones antiguas y en los segundos las indemnizaciones actuales, de menor cuantía. Tal y como recoge el Estatuto de los Trabajadores (artículo 56 del texto publicado en el Boletín Oficial del Estado), las indemnizaciones por el despido improcedente son las siguientes:

-Para periodos anteriores al 12 de febrero de 2012, 45 años días por año trabajado, prorrateándose los periodos inferiores a un año, hasta un máximo de 42 mensualidades.

-Para periodos a partir del 12 de febrero de 2012, 33 días por año trabajado, prorrateándose los periodos inferiores a un año, hasta un máximo de 24 mensualidades.

-El tope máximo de indemnización que se puede cobrar es el de 720 días de salario, con una excepción: los casos en los que la indemnización por los periodos anteriores al 12 de febrero de 2012 sea mayor, en cuyo caso el límite será de 42 mensualidades.

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