Economía

La hipoteca inversa: una opción para complementar las pensiones

  • La llegada de pensionistas 'baby boom' agravará el problema del déficit
  • La cantidad a percibir será menor y se deberá recurrir a otros productos
  • Los activos no financieros cobran fuerza para dar cobertura al ahorro
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En el seno de la sociedad española existe una gran preocupación ante el reto de la Seguridad Social de mantener las pensiones y su cuantía en el largo plazo. Llegado el momento, la generación del 'baby boom' (nacidos entre 1957 y 1977) coincidirá en edad de jubilación y las pensiones no podrán mantener la media actual de retribuciones. Este problema a medio plazo y el contexto socioeconómico actual, ha provocado una sensación de desprotección sobre la figura del futuro pensionista. Es por ello que el porcentaje de españoles que busca alternativas a la pensión pública es cada vez mayor.

Esta situación abre una ventana a cantidad de productos no financieros que pueden complementar la pensión publica, como puede ser el caso de la hipoteca inversa. Para el Banco de España, la hipoteca inversa se define como "un crédito o préstamo garantizado sobre una hipoteca que recae sobre la vivienda habitual, concedido a una persona mayor de 65 años o con un grado de discapacidad o dependencia, sin que esta pueda exigir su devolución hasta su fallecimiento".

El nacimiento de este producto tiene lugar en el mercado anglosajón durante los años 60 para tratar de complementar las dificultades existentes con las pensiones británicas y americanas. Es por este mismo motivo por el cual podemos entender la entrada de la hipoteca inversa al mercado español. La sociedad española posee tres factores clave que propiciaron la entrada de este producto financiero en su mercado, el primero es el envejecimiento de la población, el segundo, el cual viene derivado del primero, es la insostenibilidad del sistema de pensiones a largo plazo y el tercero es la vivienda como principal activo patrimonial de las personas mayores de 65 años.

A pesar de que estas tres características juegan a favor, la sociedad española ha desarrollado un arraigo cultural al hecho de mantener una vivienda para dejarla como herencia. Creándose de este modo un cierto apego al inmueble, lo que lo convierte en una carga para obtener una mayor retribución al ahorro pensional.

En España se comercializan dos modalidades de hipoteca inversa: por mensualidades y por importe único. Ambos tipos comparten dos características principales y estas son; la retención del derecho de propiedad por parte del cliente y el cobro de ingresos. Debemos apuntar que estas modalidades no son las únicas existentes en el mercado, pero son las que se emplean en el ecosistema español.

De mensualidades

La llamada 'hipoteca inversa de mensualidades', como su nombre indica, proporciona unos ingresos mensuales al cliente. Esta modalidad despliega dos combinaciones diferentes, la llamada 'hipoteca inversa temporal' y la 'hipoteca inversa vitalicia'.

En la primera modalidad, 'hipoteca inversa temporal', permite recibir una la cantidad fijada mensualmente por parte de la entidad al cliente, durante un periodo determinado, cubriendo el valor total de la venta de la vivienda. En el caso que el valor total de la vivienda sea cubierto, se dejará de percibir ingresos, pero no se perderá la propiedad del inmueble.

La segunda modalidad, 'hipoteca inversa vitalicia', se compone de una renta mensual que el beneficiario percibirá hasta su fallecimiento. Esta renta será menor que la percibida en la hipoteca inversa temporal, y además será mandatorio la formalización de un contrato de seguros de renta vitalicia, en el cual, se pactarán unos ingresos periódicos hasta el fallecimiento del usuario, a cambio de una prima única o periódica. Este producto permite percibir una renta incluso cuando el plazo estipulado de la hipoteca inversa haya vencido. En caso de haber vencido este plazo, será la asegurado quien abone los ingresos mensuales establecidos hasta que el asegurado fallezca

De importe único

El caso de la hipoteca inversa de importe único, es el denominado como 'lump sum' en los mercados anglosajones. Es en este segmento donde el cliente puede aspirar a solicitar una cantidad mayor, que será válida una vez se firme la contratación. De esta forma, el beneficiario no podrá disponer de más cantidades.

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