
Los bancos tienen un papel activo en la lucha contra el fraude fiscal y el blanqueo de dinero. En base a la necesaria acción coordinadora con el Ministerio de Hacienda pueden estar obligados a ejecutar ciertas medidas preventivas sobre los intrumentos bancarios o financieros de sus clientes, incluida la cancelación de sus cuentas.
Esta capacidad de las entidades está plenamente reconocida por el Banco de España. La institución explica en su página web que uno de los casos más frecuentes en los que puede suceder el bloqueo de cuentas es "siguiendo la normativa de blanqueo de capitales y financiación del terrorismo".
El Banco de España insiste en que en base a esto se "exige a los bancos solicitar la documentación necesaria para la identificación y el seguimiento del titular de la cuenta y de sus operaciones". Así, si el banco se pone en contacto con el cliente y no recibe la información que se ha pedido, ha de proceder al bloqueo de la cuenta, ya que en este supuesto el bloque sería "válido".
Son los motivos más importantes y claros, pero no los únicos. Puede darse el caso, por ejemplo, de que una cuenta bancaria tenga varios titulares que no siempre están de acuerdo y dispongan órdenes contradictorias. En estas situaciones, y mientras se espera una resolución judicial o un acuerdo entre las partes, el banco ha de tomar la decisión de bloquear la cuenta.
El objetivo de esta medida es evitar que uno de los cotitulares en conflicto puedan realizar movimientos que perjudiquen al resto. El Banco de España informa de que "la entidad debe mantenerse neutral, sin favorecer a ninguno de los titulares, por lo que el bloqueo se consideraría conforme a las buenas prácticas bancarias".
Cómo se realiza el bloqueo
En cualquiera de estos casos, los bancos están obligados a seguir un procedimiento y nunca pueden proceder al bloqueo de las cuentas sin avisar previamente a sus propietarios y justificando la medida. Es obligatorio hacer esta comunicación anterior al bloqueo.
La razón es simple: con esta comunicación se advierte al cliente de este bloqueo, de forma que no se encontrará de forma inesperada con el problema de no poder realizar ingresos, retiradas de dinero o transferencias, así como ante la imposibilidad de hacer frente a recibos domiciliados.