
El Salario Mínimo Interprofesional (SMI) ha centrado parte del debate político después de meses de espera para su próxima subida que, según el presidente del Gobierno, Pedro Sánchez, podría tener lugar entre septiembre y octubre. Según el Ejecutivo, la subida debería ser de 15 euros para 2021, pero...¿qué se tiene en cuenta para aumentar el SMI?
El Estatuto de los Trabajadores deja claro en su artículo 27 que la responsabilidad es del Gobierno que, sin embargo, deberá consultar de forma previa la subida del Salario Mínimo Interprofesional con "las organizaciones sindicales y asociaciones empresariales más representativas".
La fijación del Salario Mínimo Interprofesional debe ser anual y debe tener en cuenta los siguientes aspectos de cara a establecer la cuantía para cada año:
-El Índice de Precios al Consumo, el IPC. Este índice también se usará de ahora en adelante para la revalorización de las pensiones y, en lo que atañe al SMI, si las previsiones del Gobierno no se cumplen, puede dar lugar a revisiones del propio SMI de forma semestral.
-La productividad media nacional alcanzada.
-El incremento de la participación del trabajo en la renta nacional.
-La coyuntura económica general. Aquí toman especial relevancia las palabras lanzadas hace unas semanas por Nadia Calviño, vicepresidenta económica, que demostró esto aludiendo a que los buenos datos de empleo auguraban una subida del Salario Mínimo Interprofesional "cuanto antes".
Este Salario Mínimo Interprofesional tiene sus propias características. Salvo excepciones es inembargable, no condiciona a los salarios por encima del umbral que marca y computa únicamente la retribución en dinero que percibe el trabajador.
Aunque el Estatuto de los Trabajadores contempla que el salario puede ser percibido en especie (hasta un 30% del total) y en dinero, el Salario Mínimo Interprofesional se encarga de determinar cuál es la cuantía mínima en dinero que debe cobrar un trabajador, sin que "el salario en especie pueda, en ningún caso, dar lugar a la minoración de la cuantía íntegra en dinero del SMI, según explica la guía laboral del Ministerio de Trabajo.