Economía

Estas son las personas que se pueden beneficiar del complemento para reducir la brecha de género

  • Apto para cualquier pensión
Foto: Dreamstime

El Gobierno mantiene a disposición de los ciudadanos una ayuda vinculada a la maternidad y a la paternidad. Se trata de un complemento que solo puede darse a uno de los dos progenitores. En principio, tal y como señalan desde la Seguridad Social, va dirigido a las mujeres, "que sufren más en su vida laboral el impacto de tener un hijo", pero pueden solicitarlo también los padres siempre y cuando se hayan visto más perjudicados en la carrera laboral.

Cuando ninguno de los dos progenitores se haya visto perjudicado por periodos sin cotizar o por reducciones de trabajo, el complemento se adjudicará a la madre. No obstante, de tratarse de dos mujeres, recibiría la retribución la que tenga la pensión con un importe inferior.

Parte de una cuantía fija de 378 euros al año, por hijo, hasta un máximo de cuatro hijos. Es decir, una mujer con un hijo contará con 27 euros al mes más en su pensión; con dos hijos, tendrá 54 euros más al mes, y así sucesivamente. La cuantía se abonará en 14 pagas y se tramita junto con la solicitud de la pensión en el INSS.

¿Cuándo puede solicitarlo un padre?

Para que lo pueda solicitar el padre debe darse alguno de estos supuestos:

- Causar una pensión de viudedad por fallecimiento del otro progenitor por los hijos o hijas en común, siempre que alguno tenga derecho a percibir pensión de orfandad.

- Causar una pensión de jubilación o incapacidad permanente y haber interrumpido o haber visto afectada su carrera profesional con ocasión del nacimiento o adopción, con determinadas condiciones relacionadas con la cotización.

¿Cuándo se negará esta ayuda al padre o a la madre?

Por el contrario, no se reconocerá el derecho al complemento al padre o a la madre que haya sido privado de la patria potestad. Tampoco podrá solicitarlo el padre que haya sido condenado por violencia contra la mujer, ejercida sobre la madre.

Del mismo modo que no tendrá derecho a percibirlo ni el padre o la madre que haya sido condenado o condenada por ejercer violencia contra los hijos o hijas.

¿Puede complementar a cualquier pensión?

Es para las pensiones contributivas, de incapacidad permanente, viudedad o jubilación tanto anticipada como no. No obstante, la jubilación parcial no genera el derecho a percibir este complemento, aunque sí servirá cuando, desde la jubilación parcial, se acceda a la jubilación plena una vez cumplida la edad que en cada caso corresponda.

WhatsAppFacebookFacebookTwitterTwitterLinkedinLinkedinBeloudBeloudBluesky