El sistema de jubilación de los funcionarios es diferente al del resto de los ciudadanos españoles. Los trabajadores del Estado se rigen por el sistema de Clases Pasivas, que contempla unas pensiones de jubilación o retiro concretas y que atienden a unos requisitos determinados.
Dentro de este régimen se incluye a funcionarios de carrera y en prácticas de la Administración del Estado, Justicia, Cortes Generales u otros órganos y transferidos a las Comunidades Autónomas, así como los militares de carrera y expresidentes, exvicepresidentes y exministros del Gobierno y otros cargos.
De acuerdo con el Ministerio de Seguridad Social, todo el personal incluido en el régimen de Clases Pasivas podrá, siempre que haya cotizado al menos 15 años, tener derecho a una pensión de jubilación, ya sea ordinaria o extraordinaria. Como sucede con el resto de pensionistas, necesitan alcanzar la edad de jubilación obligatoria: 66 años con carácter genetal o 65 si se han trabajado al menos 37 años y tres meses. También han estado sujetas a la revalorización del 0,9% estipulada a principios de año.
Cuantías de las pensiones de funcionarios en 2021
Todas estas categorías, en definitiva, tienen derecho a una pensión del Estado si han cotizado ese periodo de 15 años, pero la pensión será diferente dependiendo de cada caso. Hay que tener en cuenta dos aspectos: el haber regulador y los años trabajados.
El haber regulador es el equivalente de la base reguladora (salvadas las distancias) para los funcionarios. Se determina cada año en los Presupuestos Generales del Estado y se conforma como la pensión máxima a la que puede acceder un funcionario si se trabaja el número de años necesario. Existen diferentes bases en función de la categoría del trabajador. Para 2021, reflejadas en la Ley de Presupuestos Generales del Estado, son las siguientes:
-A1 (licenciados, diplomados y grados con mayor nivel de responsabilidad): 42.563,68 euros anuales y 3.040,26 euros mensuales en 14 pagas.
-A2 (licenciados, diplomados y grados con menor nivel de responsabilidad): 33.498,68 euros anuales y 2.392,76 euros mensuales en 14 pagas.
-B (Técnicos Superiores): 29.333,53 euros anuales y 2.095,25 euros mensuales en 14 pagas.
-C1 (Bachiller o Técnicos): 25.727, 56 euros anuales y 1.837,68 euros mensuales en 14 pagas.
-C2 (Enseñanza Secundaria Obligatoria): 20.354,76 euros anuales y 1.453,91 euros mensuales en 14 pagas.
-E (Agrupaciones profesionales): 17.354,06 euros anuales y 1.239,57 euros mensuales en 14 pagas.
A estas cantidades hay que aplicarles un porcentaje por cada año trabajado, de forma que con el mínimo (15 años) se tendrá una pensión del 26,92% del haber regulador y se tendrá la pensión completa cuando se hayan trabajado 35 años o más en la Administración.
