
El Gobierno, aprovechando el Real Decreto de organización de la Justicia para hacer frente al Covid-19, ha ampliado los plazos de solicitud para las personas en situación de vulnerabilidad de solicitar a sus caseros el aplazamiento del pago del alquiler, así como la petición de los microcréditos de interés cero hasta el 2 de julio.
El Gobierno amplía los plazos para que los inquilinos vulnerables puedan beneficiarse de las medidas adoptadas en materia de alquiler. El pasado mes abril, al comienzo de la crisis, se estableció una moratoria automática en el pago de su renta del alquiler para aquellos arrendatarios en situación de vulnerabilidad.
Debido al alargamiento del Estado de alarma y de las medidas de confinamiento, el Gobierno ha decido prolongar los plazos de solicitud a tres meses, desde el mes estipulado inicialmente. La medida también incluye para los microcréditos a interés cero avalados por el Estado, en los casos en los que no haya posibilidad de aplazamientos, aunque todavía el Ministerio de Transportes, Movilidad y Agenda Urbana todavía no los ha puesto en marcha.
La moratoria en el pago del alquiler se prolongará mientras dure el estado de alarma o mientras persista la situación de vulnerabilidad, con un máximo de cuatro meses. Una vez superada dicha situación, el inquilino devolverá la cuota o cuotas no pagadas a lo largo de un periodo no superior a tres años, sin que pueda aplicársele ningún tipo de penalización ni intereses.
El Gobierno además conminó a los caseros a realizar una reducción del 50% de la renta de los inquilinos durante el tiempo que dure el estado de alarma y las mensualidades siguientes si persistiese la situación de vulnerabilidad provocada a causa del COVID-19, con un máximo en todo caso de cuatro meses.
En los casos de que no hubiera un acuerdo, el inquilino tendrá acceso a un programa de ayudas transitorias de financiación a coste cero con aval del Estado. El inquilino podrá solicitar un crédito finalista, directamente pagado al arrendador, por importe de hasta seis mensualidades de la renta de alquiler, con un plazo de devolución de hasta seis años, prorrogable excepcionalmente por otros cuatro y sin que, en ningún caso, devengue ningún tipo de gastos e intereses para el solicitante. Este crédito no tendrá interés, será concedido por las entidades de crédito y contará con el aval del Estado, a través del Instituto de Crédito Oficial (ICO).
El Gobierno anunció que los microcréditos contarían con una dotación máxima de 1.200 millones y funcionaría igual que los préstamos de liquidez a las empresas, pero no se aplicarían ni intereses, ni gastos para el beneficiario. En este sentido, la modificación del Real Decreto detalla "a los efectos de la aplicación de las ayudas transitorias de financiación, se establece que en el mismo acto de concesión del préstamo por parte de la entidad de crédito de conformidad con la regulación establecida, se entenderá concedida la subvención de gastos e intereses que conlleve dicho préstamo, por lo que no requerirá resolución de concesión del Ministerio de Transportes, Movilidad y Agenda Urbana". Pero a su vez, el texto añade que la orden ministerial necesaria para dar luz verde a estos créditos todavía no se ha aprobado. En ella se debería incluir el cierre de las condiciones del acuerdo entre el ICO y la banca.