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Madrid Central: así son las sanciones por circular sin permiso por el centro de Madrid

Señal de Madrid Central.

Madrid Central está a pleno rendimiento desde este sábado 16 de marzo, cuando se cumplen los 105 días de gracia que el Ayuntamiento de la Capital dio a los conductores para ir adaptándose a las nuevas condiciones de tráfico. Aquellos vehículos que incumplan con las normas establecidas por Madrid Central se arriesgan a una multa similar a las impuestas en las APR (Área de Prioridad Residencial) de 90 euros, 45 euros si hay pronto pago. Se pueden recurrir como cualquier otra infracción de tráfico del Ayuntamiento o a través de las empresas que se dedican a recurrir multas.| La mitad de los madrileños apoyan Madrid Central.

El 30 de noviembre entraron en vigor las normas de Madrid Central, con aplicación gradual y progresiva y controles manuales de agentes de policía y movilidad; en diciembre y enero se mantuvo una campaña de información en medios de comunicación y a partir del se estableció un periodo de prueba del sistema informático de gestión de multas de Madrid Central que termina este viernes 15 de marzo de 2019. Durante este periodo de tiempo se han enviado comunicaciones sin multa a las personas que accedan con vehículos sin autorización.

Como curiosidad, en estas misivas se avisaba a los conductores de que las multas reales empezarían a ser efectivas a partir del 1 de marzo, a pesar de que el Ayuntamiento había anunciado que entrarían en vigor el 16 de marzo.

Qué es Madrid Central

Madrid Central es una zona de bajas emisiones, la primera del Plan A de Calidad del Aire y Cambio Climático, que pretende favorecer al peatón, la bicicleta y el transporte público, y que se enmarca dentro de las reformas realizadas en calles como Gran Vía o Atocha, según informa el Consistorio.

Dentro de Madrid Central no habrá calles de libre circulación, salvo algunos viales con objeto de permitir determinadas incorporaciones, por lo que se elimina el tráfico de paso por el centro de la ciudad.

Limitaciones de circulación

Los vehículos de los no residentes o dentro de las categorías de "excepciones" se les aplicarán los siguientes criterios generales:

Etiquetas de la DGT de los vehículos dentro de los límites de emisiones aceptable
Etiquetas de la DGT de los vehículos dentro de los límites de emisiones aceptable

Los vehículos con etiqueta ambiental 0 Emisiones podrán circular y estacionar en zona SER sin restricción horaria.

Los vehículos con etiqueta ECO podrán entrar y estacionar en la zona SER en horario regulado un máximo de 2 horas.

Los vehículos con etiqueta C o B podrán acceder únicamente para aparcar en un aparcamiento de uso público, garaje privado o reserva de estacionamiento no dotacional.

Zonas que incluye

Comprende casi todo el distrito Centro, en el cual se encuentran los barrios de Palacio, Embajadores, Cortes, Justicia, Universidad y Sol. Las cuatro áreas de prioridad residencial existentes en la actualidad (Letras, Cortes, Embajadores y Ópera) se integrarán en una nueva Zona de Bajas Emisiones, de perímetro continuo e intuitivo casi coincidente con los límites del Distrito Centro, lo que facilitará considerablemente el conocimiento y comprensión de la medida, tanto por los residentes en el área como por el resto de vecinos y visitantes de Madrid.

Mapa de los barrios incluidos en Madrid Central.
Mapa de los barrios incluidos en Madrid Central.

El perímetro de Madrid Central estará formado por las calles Alberto Aguilera, Glorieta de Ruíz Jiménez, Carranza, Glorieta de Bilbao, Sagasta, Plaza de Alonso Martínez, Génova, Plaza de Colón, Paseo de Recoletos, Plaza de Cibeles, Paseo del Prado, Plaza de Cánovas del Castillo, Paseo del Prado, Plaza del Emperador Carlos V, Ronda de Atocha, Ronda de Valencia, Glorieta de Embajadores, Ronda de Toledo, Glorieta de la Puerta de Toledo, Ronda de Segovia, Cuesta de la Vega, Calle Mayor, Calle Bailén, Plaza de España (lateral continuación de la Cuesta de San Vicente), Calle Princesa y Calle Serrano Jover.

Estará permitida la libre circulación de vehículos en todas las calles que componen el perímetro que delimita el Área. Igualmente, sigue permitido en los siguientes viales o tramos de éstos en los que se permite la circulación de vehículos

Calle Santa Cruz de Marcenado (de Calle Serrano Jover a Calle Mártires de Alcalá).

Calle Mártires de Alcalá (de Calle Santa Cruz de Marcenado a Calle Alberto Aguilera).

Avenida Gran Vía de San Francisco.

Calle Bailén.

Calle Algeciras.

Cuesta Ramón.

Calle Ventura Rodríguez (de Calle Princesa a Calle Duque de Liria).

Calle Duque de Liria (de Calle Ventura Rodríguez a Calle Princesa.

Calles que componen el perímetro de Madrid Central.
Calles que componen el perímetro de Madrid Central.

El control de entrada y de salida de Madrid Central se realizará mediante cámaras que permitirán comprobar si los coches con etiquetas B y C han ido a un aparcamiento y si los ECO exceden en mucho las dos horas permitidas de estacionamiento.

Residentes

Los residentes de Madrid Centro –que estén empadronados en alguna de las calles que lo comprenden- podrán circular con cualquier vehículo (incluidas motocicletas) de los que ya dispongan en propiedad y en usufructo. Si a fecha 30 de noviembre de 2018 tuvieran vehículos sin distintivo ambiental (de categoría A) podrán circular con ellos mientras no lo sustituyan por otro, en ese caso el nuevo vehículo (que no tiene por qué ser de nueva matriculación) tendrá que tener al menos categoría ambiental B. En el 2025 no se les permitirá vehículos con categoría A salvo que sean vehículos matriculados como históricos.

Doble línea roja que delimita el perímetro de Madrid Central.
Doble línea roja que delimita el perímetro de Madrid Central.

En caso de disponer de vehículos de nueva adquisición, en renting, leasing, retribución en especie o sustitución, estos deberán ser 0 Emisiones, ECO, C o B.

"Invitados"

Los residentes tendrán derecho a "invitar" cada mes hasta un máximo de 20 permisos individuales de acceso de un día de duración para un vehículo con categoría C, B o A de clasificación ambiental, para que puedan acceder los vehículos de las personas por ellos invitadas. Hasta el 31 de diciembre de 2019 se permitirá invitar vehículos sin distintivo ambiental.

Gestiones a realizar

La Administración Municipal tramitará el permiso de acceso a Madrid Central de todos los vehículos en propiedad de las personas empadronadas en el distrito Centro que se encuentren de alta en el Registro de Vehículos de la DGT, no debiendo estas personas realizar gestión alguna.

En el caso de que los vehículos en propiedad de la persona empadronada no estén de alta en el Registro de Vehículos de la DGT, o la persona empadronada desee dar invitaciones para vehículos de terceros, será necesario que se dé de alta en la base de datos de Madrid Central.

Señalización de Madrid Central.
Señalización de Madrid Central.

La gestión de alta de persona conlleva la obtención de un código de usuario, el cual será necesario para poder realizar otras gestiones de Madrid Central en los distintos canales de atención, presenciales y no presenciales. La gestión de alta de persona solo se podrá realizar presencialmente por el titular. En caso de no poder acudir a una Oficina, podrá acudir con autorización detallada o acceder con certificado electrónico a Mi carpeta en www.madrid.es

Una vez dada de alta la persona en la base de datos de Madrid Central y, por tanto, tenga su código de usuario, el resto de gestiones, como dar de alta una condición que habilita para acceder a Madrid Central (titular de garaje, titular de tarjeta de estacionamiento para personas de movilidad reducida…) o dar permisos a vehículos, podrá llevarlas a cabo una persona autorizada. Deberán aportar la documentación acreditativa de la disposición del vehículo, para gestionar su permiso de acceso, en los siguientes supuestos:

Nuevas adquisiciones de vehículos que aún no figuren en el Registro de Vehículos: Se aportará permiso de circulación y ficha técnica del vehículo.

Vehículos en trámite de adquisición o cambio de titularidad: Deberá aportarse la autorización provisional de circulación del vehículo o el justificante profesional (gestor administrativo) de cambio de titularidad.

Vehículos en régimen de renting, leasing, o arrendamiento (siempre y cuando la parte arrendadora figure dada de alta en el Impuesto de Actividades Económicas (IAE).

Vehículos de sustitución: En caso de avería, se aportará resguardo de depósito u orden de reparación del vehículo emitida por taller o contrato de sustitución de la aseguradora; en caso de robo, denuncia presentada en comisaría o contrato de sustitución de la aseguradora.

Beneficios medioambientales

En sus 472 hectáreas, se evitarán un 37% de los kilómetros recorridos actuales y un 40% de las emisiones de dióxido de nitrógeno (NO2), un contaminante que afecta a la salud y cuyos niveles incumplen la normativa desde 2010, según los datos que maneja el Ayuntamiento de Madrid.

Señal en la calzada de Madrid Central.
Señal en la calzada de Madrid Central.

Pero el beneficio de Madrid Central no es solo un aire más limpio, sino que también supondrá menos ruido y la liberación de espacio público para dar el protagonismo a las personas que viven y visitan el distrito en un entorno más acogedor y saludable.

Medidas previas ya adoptadas

- Se han acometido los siguientes trabajos:

- Incremento de las reservas de moto aumentando la superficie disponible en calzada. Se habilitan 52 nuevas reservas (52% más) y 940 plazas (90% más).

- Plazas SER del distrito Centro pasan a ser todas de residentes (color verde).

- Señalización del perímetro con una doble línea roja.

- Instalación de la señalización horizontal y vertical informativa

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