El Gobierno ha aprobado este martes, en Consejo de Ministros, un real decreto que reduce el límite genérico de 50 a 30 km/h en las calles de un solo carril o de un único carril por sentido de circulación, que son la mayoría en las ciudades españolas (por ejemplo, el 80% de las vías en Madrid). Este real decreto ve la luz después de que la Dirección General de Tráfico (DGT) comenzara a trabajar hace casi dos años en esa medida, que supone una reforma considerable del Reglamento General de Circulación. Así mismo, y junto a otra serie de medidas decretadas, no entrará en vigor hasta dentro de seis meses.
Modificación más que importante en la DGT que durante los últimos meses había tenido el decreto hibernado en el Ministerio del Interior porque el Gobierno estuvo el año pasado en funciones durante ocho meses -periodo en el que el Consejo de Ministros sólo pudo despachar asuntos ordinarios-, la crisis del coronavirus ha retrasado la aprobación de temas ajenos a atajar la expansión del covid-19 y quedaba pendiente el informe preceptivo del Consejo de Estado.
El texto fija tres límites genéricos de velocidad en las vías urbanas (actualmente hay uno y es de 50 km/h): 20 km/h para las calles de plataforma única de calzada y acera, 30 km/h para las de un único carril por sentido de circulación y 50 km/h para las de dos o más carriles por sentido (en este último caso, 40 km/h para los vehículos con mercancías peligrosas) y para las travesías. Los carriles bus o reservados para taxis u otros usuarios no cuentan en estas limitaciones genéricas.
El ministro del Interior, Fernando Grande-Marlaska, ha comentado tras su aprobación que este decreto "mejora la circulación en las ciudades". "Rebajar la velocidad de 50 a 30 km/h disminuye 5 veces el riesgo de fallecer como consecuencia de un atropello, y no impide la fluidez de la circulación", ha recordado Marlaska.
????El Consejo de Ministros también ha aprobado la reducción de los límites de velocidad en ciudad
Ministerio del Interior (@interiorgob) November 10, 2020
"Rebajar la velocidad de 50 a 30 km/h disminuye 5 veces el riesgo de fallecer como consecuencia de un atropello, y no impide la fluidez de la circulación"#MásSeguridad pic.twitter.com/OP8HjFFGke
El ministro ya recordó en los últimos días que el año pasado se redujo el límite de 100 a 90 km/h para todas las carreteras convencionales (esto es, de un carril por sentido y sin separación física entre ambos), lo que ha ayudado a que se haya reducido "de una manera sustancial" el número de víctimas mortales y de heridos graves.
Cambios en las sanciones por puntos
Junto a esta modificación en el límite de velocidad en ciudades, el Consejo de Ministros también ha aprobado varios cambios en las sanciones del carnet por puntos. Entre ellas, el uso del móvil pasa a estar multado con seis puntos (por los tres actuales), no llevar el cinturón tendrá una pena de cuatro puntos (respecto a tres) y tener un sistema de detención de radares será sancionado con otros tres puntos.
En otro orden de cosas, se incluye la posibilidad de recuperar 2 puntos por la realización de los cursos de conducción segura certificados por la Dirección General de Tráfico. "Una orden ministerial desarrollará los requisitos necesarios y las condiciones que deben cumplir", ha detallado la DGT.
Además, la reforma unifica en dos años el plazo que habrá de transcurrir sin cometer infracciones para recuperar el saldo inicial de puntos, periodo que ahora varía en función de la gravedad de la infracción cometida.